domingo, 8 de febrero de 2015

SUBVENCIONES COSTES SALARIALES DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

En Castilla y León, el 26 de diciembre de 2014, se ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el año 2015.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el año 2015.
Las subvenciones convocadas tienen por objeto financiar parcialmente los costes salariales correspondientes al puesto de trabajo ocupado por personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo.

Las solicitudes de subvenciones se resolverán por orden de entrada de la solicitud, en el registro del órgano competente para su tramitación una vez que el expediente esté completo y se compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán acceder a estas subvenciones, los centros especiales de empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de esta Comunidad, que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la presente orden y en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo.

¿Cuáles son las actividades y gastos subvencionables?

Serán subvencionables los costes salariales correspondientes al puesto de trabajo ocupado por personas con discapacidad desde el 1 de diciembre de 2014 hasta el 30 de noviembre de 2015.

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

La cuantía de la subvención consistirá en el 50 por cien del Salario Mínimo Interprofesional correspondiente al puesto de trabajo por cuenta ajena ocupado por trabajadores con discapacidad que realice una jornada laboral completa y que esté en alta en la Seguridad Social. En el supuesto de contrato de trabajo a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada.

¿Cómo, cuando y donde se presentan las solicitudes?

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas en el modelo normalizado que figura en la página en https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, se dirigirán, junto con los Anexos y la documentación que se indica en el Apartado 4 de este Dispongo que han de acompañarla, al titular de la Oficina Territorial de Trabajo correspondiente, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si se presenta la solicitud en las oficinas de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos, antes de proceder a la certificación del envío.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse de forma electrónica. Igualmente, podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales deberán presentarse dentro del mes siguiente al de referencia. Se exceptúan, las solicitudes de costes salariales correspondientes al mes de septiembre de 2015 que deberán presentarse desde el 1 de octubre de 2015 hasta el 16 de octubre de 2015, incluido, las del mes de octubre que deberán presentarse desde el 3 de noviembre de 2015 hasta el 16 de noviembre de 2015, incluido, y las correspondientes al mes de noviembre que deberán presentarse desde el 1 de diciembre de 2015 hasta el 4 de diciembre de 2015, incluido.
La primera solicitud que presenten los centros especiales de empleo calificados e inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Castilla y León desde el 1 de diciembre de 2014, que podrán incluir, más de un mes. En este caso, el plazo máximo finaliza el 5 de diciembre de 2015.



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