En Castilla y León, el 26
de diciembre de 2014, se ha publicado la convocatoria
de subvenciones destinadas a la financiación de los costes salariales de los
trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el año
2015.
¿Cuál es el objeto de la
convocatoria?
La concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de
los costes salariales de los trabajadores con discapacidad en Centros
Especiales de Empleo para el año 2015.
Las subvenciones convocadas
tienen por objeto financiar parcialmente los costes salariales
correspondientes al puesto de trabajo ocupado por personas con discapacidad en
los Centros Especiales de Empleo.
Las solicitudes de
subvenciones se resolverán por orden de entrada de la solicitud, en el
registro del órgano competente para su tramitación una vez que el expediente
esté completo y se compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Podrán acceder a estas
subvenciones, los centros especiales de
empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de
esta Comunidad, que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad
de Castilla y León, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos
establecidos en la presente orden y en la Orden del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas
al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales
de empleo y trabajo autónomo.
¿Cuáles son las actividades
y gastos subvencionables?
Serán
subvencionables los costes salariales correspondientes al puesto de trabajo
ocupado por personas con discapacidad desde el 1 de diciembre
de 2014 hasta el 30 de noviembre de 2015.
¿Cuál es la cuantía de la
subvención?
La cuantía de la subvención consistirá en el 50 por cien del Salario
Mínimo Interprofesional correspondiente al puesto de trabajo por cuenta ajena
ocupado por trabajadores con discapacidad que realice una jornada laboral
completa y que esté en alta en la Seguridad Social. En el supuesto de contrato
de trabajo a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción
proporcional a la jornada laboral realizada.
¿Cómo, cuando y donde se
presentan las solicitudes?
Las solicitudes,
debidamente cumplimentadas en el modelo normalizado que figura en la página en
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, se dirigirán, junto con los Anexos y
la documentación que se indica en el Apartado 4 de este Dispongo que han de
acompañarla, al titular de la Oficina Territorial de Trabajo correspondiente,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Si se presenta la solicitud en las oficinas
de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud pueda ser fechada y
sellada por el funcionario de correos, antes de proceder a la certificación del
envío.
Asimismo, las
solicitudes podrán presentarse de forma electrónica. Igualmente, podrán
presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto
118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax
para la presentación de documentos en los registros administrativos de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Las
solicitudes para las subvenciones de costes salariales deberán presentarse
dentro del mes siguiente al de referencia. Se exceptúan, las solicitudes de costes
salariales correspondientes al mes de septiembre de 2015 que deberán
presentarse desde el 1 de octubre de 2015 hasta el 16 de octubre de 2015,
incluido, las del mes de octubre que deberán presentarse desde el 3 de
noviembre de 2015 hasta el 16 de noviembre de 2015, incluido, y las
correspondientes al mes de noviembre que deberán presentarse desde el 1 de
diciembre de 2015 hasta el 4 de diciembre de 2015, incluido.
La primera solicitud que
presenten los centros especiales de empleo calificados e inscritos en el
Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Castilla y León
desde el 1 de diciembre de 2014, que podrán incluir, más de un mes. En este
caso, el plazo máximo finaliza el 5 de diciembre de 2015.
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