En el BOCYL nº 234/2016,
de 05 de diciembre de 2016, se ha publicado la convocatoria de ayudas para centros privados concertados de
educación especial destinadas a financiar el transporte de alumnos
pluridiscapacitados con movilidad reducida que necesiten un transporte adaptado,
para el curso académico 2016/2017.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
Convocar, en régimen de
concesión directa, ayudas para centros privados concertados de educación
especial destinadas a financiar el transporte de alumnos pluridiscapacitados
con movilidad reducida que necesiten un transporte adaptado, para el curso
académico 2016/2017.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Los
centros privados concertados de educación especial de la Comunidad de Castilla
y León que cumplan las siguientes condiciones:
a) Escolarizar, durante
el curso académico 2016/2017, alumnos pluridiscapacitados con movilidad
reducida para los que se precise un transporte adaptado.
b) Mantener suscrito,
durante el curso académico 2016/2017, un concierto educativo en los
niveles en que estén escolarizados los alumnos pluridiscapacitados
transportados.
c) Gestionar la
contratación de rutas de transporte escolar mediante vehículos adaptados para
los alumnos pluridiscapacitados con movilidad reducida, por medio de
recursos de su propiedad o por contrato de arrendamiento de vehículos con
empresas especializadas del sector.
Aquellos que de manera
indubitada respondan a la actividad de transporte adaptado para alumnos
pluridiscapacitados con movilidad reducida, realizados
durante el curso escolar de la convocatoria correspondiente, y en particular los siguientes:
a) Servicio prestado
con vehículo propiedad del centro:
1.º Gastos de personal (conductor y acompañante). Será subvencionable
la parte de la jornada que los conductores y acompañantes necesarios dediquen a
esta actividad.
2.º Gastos asociados al funcionamiento del vehículo (cuota de amortización,
combustible, mantenimiento y reparaciones, seguro obligatorio de
responsabilidad civil e impuestos del vehículo). Los gastos asociados al
funcionamiento del vehículo se aplicarán de manera proporcional, en función de
su uso compartido con otras actividades.
b) Servicio contratado
por una empresa del sector.
Será subvencionable de
manera proporcional al tiempo de servicio prestado durante el curso escolar el
importe del gasto del contrato de un vehículo adaptado con o sin conductor, y
el gasto de la jornada del acompañante y del conductor, si corresponde.
Se
considerará gasto realizado el que efectivamente haya sido pagado
con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado en
la correspondiente convocatoria.
¿Cuál es la
cuantía de las ayudas?
La
cuantía individual de la ayuda se determinará en función del
coste de la actividad según la siguiente fórmula:
Precio conductor + precio
acompañante + gastos asociados al funcionamiento del vehículo.
O en su caso,
Servicio contratado con
una empresa del sector + gastos acompañante + en su caso, gastos conductor.
En el caso de que las
cantidades solicitadas superen las disponibilidades presupuestarias, se
homologarán los gastos de personal de la actividad, calculados según la fórmula
que se indica a continuación, asegurándose en todo caso el mínimo
salarial garantizado según el convenio del sector: El coste se calculará
por ruta:
Precio conductor SC (según
convenio) + precio acompañante SC+ gastos asociados al funcionamiento del
vehículo.
O en su caso,
Servicio contratado con
una empresa del sector + gastos acompañante SC+ gastos conductor SC, en su
caso.
El precio de los servicios
de conductor SC, equivaldrá al coste/hora del salario mínimo establecido en el
convenio regulador multiplicado por el número de horas dedicadas al servicio en
función de los kilómetros de la ruta, y con un máximo de cuatro horas diarias.
El precio de los servicios
de acompañante SC, equivaldrá al coste/hora del salario mínimo establecido en
el convenio regulador multiplicado por el número de horas dedicadas al servicio
en función de los kilómetros de la ruta, y con un máximo de cuatro horas
diarias.
El coste/hora del salario
mínimo establecido en convenio para el personal contratado por los centros, de
conformidad con el acuerdo de las tablas salariales de los años 2015 y 2016 del
XIV Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de Atención a Personas
con Discapacidad, cuya inscripción se ordenó por Resolución de la Dirección
General de Empleo de 20 de septiembre de 2012 y publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» n.º 243 de día 9 de octubre de 2012, se establece para el
cálculo de estas ayudas en nueve con treinta y dos euros (9,32 €) para la
categoría conductor y en diez con setenta y cinco euros (10,75 €) para el
acompañante.
En el caso de personal
acogido a convenios provinciales de transporte de viajeros, el coste/hora del
salario mínimo se establece para el cálculo de esta subvención, con carácter
general, en once con cincuenta y tres euros (11,53 €) para la categoría de
conductor y nueve con cincuenta y ocho euros (9,58 €) para el acompañante en
ruta.
Si aplicada la fórmula
anterior las ayudas siguieran superando las disponibilidades presupuestarias,
se aplicará al coste de cada ruta calculado según la fórmula descrita en el
apartado anterior, una reducción proporcional mediante la aplicación de un
coeficiente (x). Este coeficiente reductor se verá incrementado en un
porcentaje de 0,05 en función de la distancia que la ruta haya de cubrir,
primando en todo caso la necesidad de atender a los alumnos de las zonas más
alejadas.
Se aplicarán los tramos
que se detallan en el siguiente cuadro. La proporcionalidad del coeficiente
reductor será de 0,05 por cada tramo.
El coeficiente reductor
inicial (x) se ajustará para cada convocatoria según el límite del presupuesto
hasta agotar el crédito,
Distancia de la
ruta
Coeficiente reductor
De 0 a 10
km
X+0.25
De 10 a 20
km
X+0.20
De 20 a 50
km
X+0.15
De 50 a 75
km
X+0.10
De 75 a 100
km
X+0.05
Más de 100
km
x
En el caso de que el
centro gestione varias rutas, la cuantía de la ayuda vendrá constituida por la
suma de los importes resultantes en cada una ellas.
¿Cuál es el
procedimiento y el Plazo de presentación de solicitudes?
Treinta días contados a
partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en
el «Boletín Oficial de Castilla y León».
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