En el BOCYL de 31 de octubre
de 2016 se ha publicado la convocatoria
de ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que
curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO, formación
profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la
Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros
privados concertados de la Comunidad de Castilla y León durante el curso
2016/2017
¿Cuál es el
objeto y requisitos de la convocatoria?
Convocar ayudas en régimen
de concesión directa para financiar el gasto
de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación
infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación
profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la
Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros
privados concertados de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso
2016/2017, y en las siguientes modalidades:
a) Modalidad de
transporte diario.
b) Modalidad de
transporte de fin de semana.
Podrán ser beneficiarios
de estas ayudas los alumnos que reúnan
los siguientes requisitos generales:
a) Tener la residencia
familiar en la Comunidad de Castilla y León.
b) Cursar segundo
ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria
obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros
públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por decisión de la
comisión de escolarización en centros privados concertados de la Comunidad de
Castilla y León.
c) Ser imposible
para el alumno hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por
la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de
transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la
ruta escolar, en los términos que se establecen para cada modalidad.
Junto a los requisitos
generales se deben cumplir unos requisitos
específicos en función de la modalidad de transporte, transporte diario o
de fin de semana y que se recogen en la Orden de convocatoria.
También
podrán ser beneficiarios de la ayuda los alumnos con
necesidades educativas especiales asociadas a una discapacidad,
acreditada por la Gerencia de Servicios Sociales o un equipo de
orientación educativa y psicopedagógica, que precisen trasladarse a otro
centro, en horario lectivo, para recibir tratamientos específicos educativos,
siempre que hayan solicitado ayuda al estudio al Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, y dicha solicitud no sea estimada por no reunir los
requisitos económicos.
¿Cuál es la
cuantía de las ayudas?
La determinación del
importe de las ayudas de transporte escolar en ningún caso podrán superar el
coste real en el que por este concepto incurran los alumnos atendiendo a la
modalidad solicitada.
¿Cuál es el
procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes?
El
plazo para la presentación de solicitudes será de veinte
días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en
el «Boletín Oficial de Castilla y León». Excepcionalmente, se podrán admitir
las solicitudes presentadas fuera de plazo y siempre antes del 21 de abril de
2017, debido a escolarización tardía o cambio de domicilio.
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