martes, 6 de diciembre de 2016

AYUDAS PARA FINANCIAR EL GASTO DE TRANSPORTE ESCOLAR

En el BOCYL de 31 de octubre de 2016 se ha publicado la convocatoria de ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León durante el curso 2016/2017

¿Cuál es el objeto y requisitos de la convocatoria?

Convocar ayudas en régimen de concesión directa para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2016/2017, y en las siguientes modalidades:

a) Modalidad de transporte diario.

b) Modalidad de transporte de fin de semana.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos que reúnan los siguientes requisitos generales:

a) Tener la residencia familiar en la Comunidad de Castilla y León.

b) Cursar segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por decisión de la comisión de escolarización en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León.

c) Ser imposible para el alumno hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, en los términos que se establecen para cada modalidad.

Junto a los requisitos generales se deben cumplir unos requisitos específicos en función de la modalidad de transporte, transporte diario o de fin de semana y que se recogen en la Orden de convocatoria.

También podrán ser beneficiarios de la ayuda los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a una discapacidad, acreditada por la Gerencia de Servicios Sociales o un equipo de orientación educativa y psicopedagógica, que precisen trasladarse a otro centro, en horario lectivo, para recibir tratamientos específicos educativos, siempre que hayan solicitado ayuda al estudio al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y dicha solicitud no sea estimada por no reunir los requisitos económicos.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

La determinación del importe de las ayudas de transporte escolar en ningún caso podrán superar el coste real en el que por este concepto incurran los alumnos atendiendo a la modalidad solicitada.

¿Cuál es el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes? 

El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Excepcionalmente, se podrán admitir las solicitudes presentadas fuera de plazo y siempre antes del 21 de abril de 2017, debido a escolarización tardía o cambio de domicilio.

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