viernes, 13 de diciembre de 2019

AMPLIADO EL PERÍODO TRANSITORIO DE VALIDEZ DE LAS CLASIFICACIONES OTORGADAS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS


El día 1 de enero de 2020 estaba previsto la pérdida de validez de las clasificaciones de Contratista de Obras y de Servicios otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 773/2015, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público, según dispone la Disposición Transitoria Tercera del citado Real Decreto.

Sin embargo, el elevado número de empresas que están aún pendientes de esta regularización, tanto de Obras como de Servicios, así como la acumulación de expedientes en tramitación ante la Subdirección General de Clasificación, llevó al Gobierno de la Nación, en la reunión del Consejo de Ministros del pasado 20 de septiembre, al acuerdo de tramitar por vía de urgencia una norma para ampliar este período transitorio.

En cumplimiento de dicho Acuerdo, en la reunión del Consejo de Ministros que tuvo lugar el pasado día 5 de Diciembre se aprobó el Real Decreto 716/2019, por el que se modifican el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y el Real Decreto 700/1988, de 1 de julio, sobre expedientes administrativos de responsabilidad contable derivados de las infracciones previstas en el título VII de la Ley General Presupuestaria.

jueves, 7 de noviembre de 2019

ESTUDIO COMPARATIVO DE LA REFORMA DE LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO POR EL REAL DECRETO-LEY 14/2019

REFORMA DE LA LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, POR EL REAL DECRETO-LEY 14/2019, DE 31 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES POR RAZONES DE SEGURIDAD PÚBLICA EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DIGITAL, CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO Y TELECOMUNICACIONES.
  
El capítulo III del real decreto-ley 14/2019, publicado en el BOE de 5 de noviembre de 2019, y que entrará en vigor el 6 de noviembre de 2019, regula varias medidas en materia de contratación pública, todas ellas dirigidas a reforzar el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales y la protección de la seguridad pública en este ámbito.

Para ello el real decreto-ley modifica la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con la finalidad de introducir medidas que garanticen en todas las fases de la contratación (expediente de contratación, licitación y ejecución del contrato) el respeto por parte de contratistas y subcontratistas de la legislación de la Unión Europea en materia de protección de datos.



En este análisis de la modificación de la Ley de Contratos del sector público, Ley 9/2017, superpongo los textos original y modificado, disponiendo el nuevo texto bajo el parágrafo “NUEVA VERSIÓN” y el texto primigenio bajo el título de “VERSIÓN previa.”

Antes del análisis comparativo de cada reforma, enuncio y numero el contenido de cada cuestión reformada.

En rojo aparece la nueva regulación.


lunes, 3 de diciembre de 2018

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO PARA COMPLEMENTAR LOS COSTES SALARIALES DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD CON ESPECIALES DIFICULTADES DE EMPLEABILIDAD

En el BOCYL de 29 de diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo para complementar los costes salariales de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad para el año 2018.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria? 

Subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo para la financiación de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad.

Las solicitudes de subvenciones se resolverán por orden de presentación desde que el expediente esté completo, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos y de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios? 

Podrán acceder a estas subvenciones, los centros especiales de empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Castilla y León y cumplan los requisitos establecidos en la orden.

¿Quiénes son los destinatarios?

Los destinatarios finales de esta subvención serán los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad. Se entiende que son trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad los que estén comprendidos en algunos de los siguientes supuestos:

a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.

b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%.

viernes, 2 de noviembre de 2018

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO PARA COMPLEMENTAR LOS COSTES SALARIALES DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD CON ESPECIALES DIFICULTADES DE EMPLEABILIDAD

En el BOCYL de 29 de diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo para complementar los costes salariales de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad para el año 2018.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria? 

Subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo para la financiación de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad.

Las solicitudes de subvenciones se resolverán por orden de presentación desde que el expediente esté completo, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos y de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios? 

Podrán acceder a estas subvenciones, los centros especiales de empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Castilla y León y cumplan los requisitos establecidos en la orden.

¿Quiénes son los destinatarios?

Los destinatarios finales de esta subvención serán los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad. Se entiende que son trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad los que estén comprendidos en algunos de los siguientes supuestos:

a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.

b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%.

jueves, 6 de septiembre de 2018

NUEVO RUMBO JURÍDICO PROFESIONAL


Estimados amigos, seguidores y clientes:


Hace unos meses he dado un giro a mi andadura profesional finalizando un periodo de 10 años en el que compartía despacho con mis compañeros de LEXCYL ABOGADOS.


Desde el  mes de mayo he retomado mi camino en solitario, con la intención de poner a disposición de todos vosotros mi sapiencia, conocimiento y experiencia jurídico-profesional adquirida en más de veinte años de ejercicio profesional.


Además de consultoría, defensa y asesoramiento jurídico, en materia de derecho administrativo, de derecho de subvenciones y, especialmente, de derecho de contratación del sector público, he abierto nuevos campos de asesoramiento en materia civil y mercantil. En todos estos campos estoy a vuestra disposición y servicio.


Por otro lado, estoy desarrollando un proyecto de formación jurídica, especialmente en contratación pública, que pongo a vuestra disposición por si fuera de vuestro interés en vuestras empresas, asociaciones, sindicatos y organizaciones empresariales.


Para cualquier consulta o asesoramiento podéis contactar conmigo por teléfono, en el 626444344, o a través de correo electrónico, carlosborrego@icam.es, donde personalmente recibiréis un servicio personal muy cercano y de calidad.




miércoles, 5 de septiembre de 2018

SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE LOS COSTES SALARIALES DE LOS TRABAJADORES EN SITUACIÓN O RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL EN LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN PARA EL AÑO 2018

En el BOCYL de 29 de diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión social en las empresas de inserción para el año 2018 (código de registro de ayudas: EYE 008).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria? 

Las subvenciones dirigidas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción para el año 2018.

Las solicitudes de subvenciones se resolverán por orden de presentación desde que el expediente esté completo, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos y de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios? 

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas de inserción laboral que estén calificadas como tales y cumplan todos los requisitos que dispone el Decreto 34/2007, de 12 de abril, por el que se regula el procedimiento de calificación de las empresas de inserción laboral y se crea su registro administrativo.

lunes, 3 de septiembre de 2018

SUBVENCIONES CONSISTENTES EN EL PAGO DE CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL A LOS TRABAJADORES BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO EN SU MODALIDAD DE PAGO ÚNICO

En el BOCYL de 29 de diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones consistentes en el pago de cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único para el año 2018.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria? 

Las subvenciones consistentes en el pago de cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total para el año 2018.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios? 

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo de nivel contributivo en su modalidad de pago único, y ésta sea por la totalidad del importe a percibir (100%) y desarrollen su actividad en la Comunidad de Castilla y León.