viernes, 19 de diciembre de 2014

AYUDAS A CENTROS Y A UNIDADES DE INVESTIGACIÓN

En el BOE de 4 de diciembre de 2014 se ha publicado la convocatoria del año 2014 para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de "Centros de excelencia Severo Ochoa" y de "Unidades de excelencia María de Maeztu", del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional, en el marco del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

¿Cuál es el objeto y la finalidad de la convocatoria?

La aprobación de la convocatoria correspondiente a 2014 para la acreditación y la concesión de ayudas a «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y a «Unidades de Excelencia María de Maeztu».
Las actuaciones que prevé la convocatoria tienen por finalidad el reconocimiento, la financiación, el fortalecimiento institucional y la potenciación del liderazgo internacional de organizaciones científicas –públicas o privadas sin ánimo de lucro– existentes en España que destaquen por su nivel de excelencia e impacto internacional de sus resultados.
Para la consecución de esta finalidad, esta convocatoria persigue los siguientes objetivos específicos:



a) La acreditación de centros de investigación como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y la financiación de programas estratégicos de investigación que ejecuten los centros beneficiarios durante el período 2015-2018 y estén destinados a fortalecer sus capacidades científicas, potenciar el liderazgo de la investigación española, generar resultados de alto impacto potencial y ejercer el papel tractor que les corresponde en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Se incluye la financiación de un plan específico para la incorporación de recursos humanos en los «Centros de Excelencia Severo Ochoa» con el fin de atraer talento internacional y fomentar la incorporación de los investigadores españoles mejor formados aplicando en su selección criterios altamente competitivos.
b) La acreditación de unidades de investigación como «Unidades de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de programas estratégicos de investigación que ejecuten las unidades beneficiarias durante el período 2015-2018 y estén destinados a fortalecer sus capacidades científicas, potenciar el liderazgo de la investigación española, generar resultados de alto impacto potencial y ejercer el papel tractor que les corresponde en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.




¿Quiénes pueden ser beneficiarias?

Las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:
1.º Organismos públicos de investigación.
2.º Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
3.º Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
4.º Otras entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen, con medios propios actividades de I+D.

¿Cuáles son las actividades objeto de las ayudas?

Las actividades necesarias para la consecución de los objetivos establecidos en los programas estratégicos de investigación elaborados por los centros o las unidades, con las salvedades que en su caso pueda incluir la resolución de concesión.
Se financian dos tipos de actuaciones:
a) Programas estratégicos de investigación, incluidos los planes de incorporación de recursos humanos, a ejecutar por los centros.
b) Programas estratégicos de investigación a ejecutar por las unidades.
En ningún caso será objeto de ayuda la realización de actividades económicas.
El plazo de ejecución de los programas de investigación objeto de ayuda será de cuatro años, a contar desde la fecha que se determine en la resolución de concesión, e iniciándose en cualquier caso durante el ejercicio 2015.
Las ayudas revestirán la forma de subvención.

¿Cómo, cuando y donde se presentan las solicitudes?

Cada solicitud se referirá únicamente a un centro o unidad. Una misma entidad podrá presentar solicitudes distintas para los centros o unidades pertenecientes a su organización que cumplan los requisitos.
 Las solicitudes se encuadrarán en una de las siguientes grandes áreas temáticas:
a) Ciencias de la Vida y Biomedicina.
b) Matemáticas, Ciencias Experimentales e Ingenierías.
c) Ciencias Humanas y Sociales.
La presentación de la solicitud se realizará por parte del director científico del centro o unidad y por el representante legal de la entidad beneficiaria, quien deberá completar la presentación de la solicitud con su firma electrónica dentro del plazo que comienza el día 11 de diciembre de 2014 y finaliza el 15 de enero de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
La solicitud, dirigida al órgano instructor, se presentará a través de la aplicación electrónica disponible en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, en el apartado «Procedimientos y servicios electrónicos».


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