En el BOE de 4 de
diciembre de 2014 se ha publicado la convocatoria
del año 2014 para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de
"Centros de excelencia Severo Ochoa" y de "Unidades de excelencia
María de Maeztu", del Subprograma Estatal de Fortalecimiento
Institucional, en el marco del Programa Estatal de Fomento de la Investigación
Científica y Técnica de Excelencia del Plan Estatal de Investigación Científica
y Técnica y de Innovación 2013-2016.
¿Cuál es el objeto y la
finalidad de la convocatoria?
La aprobación de la convocatoria correspondiente a 2014 para la
acreditación y la concesión de ayudas a «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y
a «Unidades de Excelencia María de Maeztu».
Las
actuaciones que prevé la convocatoria tienen por finalidad el
reconocimiento, la financiación, el fortalecimiento institucional y la
potenciación del liderazgo internacional de organizaciones científicas
–públicas o privadas sin ánimo de lucro– existentes en España que
destaquen por su nivel de excelencia e impacto internacional de sus resultados.
Para la consecución de
esta finalidad, esta convocatoria
persigue los siguientes objetivos específicos:
a) La acreditación de
centros de investigación como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y la
financiación de programas estratégicos de investigación que ejecuten los
centros beneficiarios durante el período 2015-2018 y estén destinados a
fortalecer sus capacidades científicas, potenciar el liderazgo de la
investigación española, generar resultados de alto impacto potencial y ejercer
el papel tractor que les corresponde en el conjunto del Sistema Español de
Ciencia, Tecnología e Innovación. Se incluye la financiación de un plan
específico para la incorporación de recursos humanos en los «Centros de
Excelencia Severo Ochoa» con el fin de atraer talento internacional y fomentar
la incorporación de los investigadores españoles mejor formados aplicando en su
selección criterios altamente competitivos.
b) La acreditación de unidades
de investigación como «Unidades de Excelencia María de Maeztu» y la
financiación de programas estratégicos de investigación que ejecuten las
unidades beneficiarias durante el período 2015-2018 y estén destinados a
fortalecer sus capacidades científicas, potenciar el liderazgo de la
investigación española, generar resultados de alto impacto potencial y ejercer
el papel tractor que les corresponde en el conjunto del Sistema Español de
Ciencia, Tecnología e Innovación.
¿Quiénes pueden ser
beneficiarias?
Las
siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan
domicilio fiscal en España:
1.º Organismos públicos
de investigación.
2.º Universidades
públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con
capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que estén inscritas en el
Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto
1509/2008, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y
Títulos.
3.º Otros centros
públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica
propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los
dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus
organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera
que sea su forma jurídica.
4.º Otras entidades
públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen, con medios propios
actividades de I+D.
¿Cuáles son las actividades
objeto de las ayudas?
Las
actividades necesarias para la consecución de los objetivos establecidos en los
programas estratégicos de investigación elaborados por los centros o las
unidades, con las salvedades que en su caso pueda incluir la
resolución de concesión.
Se financian dos tipos de actuaciones:
a) Programas estratégicos
de investigación, incluidos los planes de incorporación de recursos
humanos, a ejecutar por los centros.
b) Programas
estratégicos de investigación a ejecutar por las unidades.
En ningún caso será objeto
de ayuda la realización de actividades económicas.
El
plazo de ejecución de los programas de investigación
objeto de ayuda será de cuatro años, a contar desde la fecha que se determine
en la resolución de concesión, e iniciándose en cualquier caso durante el
ejercicio 2015.
Las
ayudas revestirán la forma de subvención.
¿Cómo, cuando y donde se
presentan las solicitudes?
Cada solicitud se referirá
únicamente a un centro o unidad. Una misma entidad podrá
presentar solicitudes distintas para los centros o unidades pertenecientes a su
organización que cumplan los requisitos.
Las solicitudes se encuadrarán en una de las
siguientes grandes áreas temáticas:
a) Ciencias de la Vida y
Biomedicina.
b) Matemáticas, Ciencias
Experimentales e Ingenierías.
c) Ciencias Humanas y
Sociales.
La
presentación de la solicitud se realizará por parte del
director científico del centro o unidad y por el representante legal de la
entidad beneficiaria, quien deberá completar la presentación de la solicitud
con su firma electrónica dentro del
plazo que comienza el día 11 de diciembre de 2014 y finaliza el 15 de enero de
2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
La solicitud, dirigida al
órgano instructor, se presentará a través de la aplicación electrónica
disponible en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación,
Desarrollo e Innovación, en el apartado «Procedimientos y
servicios electrónicos».
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