En el Boletín Oficial del
Estado de 5 de diciembre de 2014 se ha publicado la convocatoria,
correspondiente al año 2014, de diversas actuaciones
contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal
de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad,
en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de
Innovación 2013-2016.
¿Cuál es el objeto y
finalidad de la convocatoria?
Las
ayudas para las siguientes actuaciones:
a) Ayudas para contratos
Ramón y Cajal (en adelante, ayudas Ramón y Cajal), en el ámbito del Subprograma
Estatal de Incorporación.
b) Ayudas para contratos Juan de la Cierva-formación (en adelante, ayudas
Juan de la Cierva-formación) en el ámbito del Subprograma Estatal de Formación.
c) Ayudas para contratos
de personal técnico de apoyo a la I+D+I (en adelante, ayudas para personal
técnico de apoyo), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación.
d) Ayudas para contratos
Juan de la Cierva-incorporación (en adelante, ayudas Juan de la
Cierva-incorporación), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación.
¿Cuáles son las
características de las ayudas para contratos Juan de la Cierva-formación?
Las
ayudas tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes
doctores por un periodo de dos años con objeto de que los
mismos completen su formación investigadora posdoctoral en centros de I+D
españoles distintos a aquellos en los que realizaron su formación predoctoral.
Se convocan 225 ayudas de las que 4 se reservan
para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 50
por ciento. Las ayudas no cubiertas en este turno de reserva se acumularán al
turno de acceso general.
Las ayudas concedidas
tendrán una duración de dos años, y comenzarán a contar su
plazo desde la fecha de incorporación del investigador a su puesto de trabajo
en el Centro de I+D contratante.
La ayuda anual para cada
uno de los contratos será de 25.000 euros. Esta ayuda se
destinará necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la
Seguridad Social de los investigadores contratados durante cada una de las
anualidades, consideradas independientemente. La retribución mínima que deberán
recibir los investigadores, que se deberá indicar en cada contrato, será de
21.500 euros brutos anuales.
En consecuencia, el
Centro de I+D debe asumir el resto del coste de contratación así como cualquier
incremento retributivo correspondiente a años posteriores de los
investigadores contratados, incrementos de la cuota empresarial de la Seguridad
Social o cualquier otra incidencia.
Los investigadores
contratados podrán participar en programas adicionales de movilidad,
con un máximo de ocho meses durante la ejecución de la ayuda, financiados por
convocatorias del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de
Innovación o por cualquier otra fuente de financiación.
¿Quiénes son las entidades
beneficiarias?
Los
Centros de I+D, que estén válidamente constituidos y que tengan capacidad de
contratación laboral. En concreto, los siguientes Centros de I+D:
a) Organismos públicos de
investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011.
b) Universidades públicas,
sus departamentos e institutos universitarios, y universidades privadas con
capacidad y actividad demostrada en I+D+I.
c) Otros centros públicos
de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia
dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los
dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus
organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera
que sea su forma jurídica, que realicen actividades de I+D y generen
conocimiento científico o tecnológico.
d) Entidades e
instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o
concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad
investigadora.
e) Entidades públicas y
privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D y generen
conocimiento científico o tecnológico.
f) Centros Tecnológicos de
ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la
solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, por
el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la
Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales
Centros.
¿Cuando se presentan las
solicitudes?
Los plazos de presentación de las solicitudes de participación serán
los siguientes:
a) Ayudas Ramón y Cajal:
del 9 de diciembre de 2014 al 20 de enero de 2015 a las 15:00 horas (hora
peninsular).
b) Ayudas Juan de la Cierva-formación: del 13 de enero de 2015 al 10 de
febrero de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
c) Ayudas para personal
técnico de apoyo del 11 de diciembre de 2014 al 27 de enero de 2015 a las 15:00
horas (hora peninsular).
d) Ayudas Juan de la
Cierva-incorporación: del 8 de enero de 2015 al 5 de febrero de 2015 a las
15:00 horas (hora peninsular).
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