En Cantabria, el 15 de
diciembre de 2014, se han publicado las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para la realización de
inversiones por parte de las empresas de turismo activo.
¿Cuál es el objeto de la
convocatoria?
Las subvenciones deben
destinarse a la adquisición de material
y equipos homologados por la empresa de turismo de activo para el correcto
desarrollo de las distintas actividades de turismo activo.
Se admite el arrendamiento
financiero ("leasing") siempre que se adquiera el
activo al término del contrato de arrendamiento, debiéndose aportar, a tal
efecto el correspondiente contrato en el que deberá constar el compromiso de
ejercitar la opción de compra.
¿Dónde, cuándo y cómo se presentan
las solicitudes?
Del
16 de diciembre de 2014 al 30 de enero de 2015.
La solicitud de
subvención, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante o su
representante legal y acompañada de la documentación requerida, se formulará en el modelo oficial que
figura como Anexo I de esta Orden, el cual será facilitado por el Servicio de
Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo o podrá conseguirse
en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado
"Atención a la Ciudadanía 012", "Ayudas y Subvenciones"
(http://www.cantabria.es), o en la página web de la Dirección General de
Turismo (www.turismodecantabria.com), y
será dirigida al consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio del
Gobierno de Cantabria, presentándose,
preferentemente, en el Registro Delegado de la Dirección General de Turismo (C/
Albert Einstein, nº 4, planta 1, Santander), o en cualquiera de los lugares
establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, y el
artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si en uso de este derecho
la solicitud se enviara por correo,
deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la
primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina
y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de
correos.
¿Quiénes pueden ser
beneficiarios?
Los titulares de las
pequeñas y medianas empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas,
cuya empresa de turismo activo esté inscrita en el Registro de Empresas y
Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo de la Comunidad
Autónoma de Cantabria con anterioridad al plazo de finalización de presentación
de solicitudes. Deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social y en el
epígrafe correspondiente a dicha actividad del impuesto sobre actividades económicas,
salvo las de nueva creación, que lo deberán estar en la fecha de justificación
de la actividad o proyecto subvencionado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comparte tus comentarios en ayudas, becas y subvenciones