martes, 23 de diciembre de 2014

SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES POR PARTE DE LAS EMPRESAS DE TURISMO ACTIVO

En Cantabria, el 15 de diciembre de 2014, se han publicado las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para la realización de inversiones por parte de las empresas de turismo activo.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las subvenciones deben destinarse a la adquisición de material y equipos homologados por la empresa de turismo de activo para el correcto desarrollo de las distintas actividades de turismo activo.

Se admite el arrendamiento financiero ("leasing") siempre que se adquiera el activo al término del contrato de arrendamiento, debiéndose aportar, a tal efecto el correspondiente contrato en el que deberá constar el compromiso de ejercitar la opción de compra.




¿Dónde, cuándo y cómo se presentan las solicitudes?

Del 16 de diciembre de 2014 al 30 de enero de 2015.

La solicitud de subvención, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante o su representante legal y acompañada de la documentación requerida, se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo I de esta Orden, el cual será facilitado por el Servicio de Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo o podrá conseguirse en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado "Atención a la Ciudadanía 012", "Ayudas y Subvenciones" (http://www.cantabria.es), o en la página web de la Dirección General de Turismo (www.turismodecantabria.com), y será dirigida al consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio del Gobierno de Cantabria, presentándose, preferentemente, en el Registro Delegado de la Dirección General de Turismo (C/ Albert Einstein, nº 4, planta 1, Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, y el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.


Si en uso de este derecho la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los titulares de las pequeñas y medianas empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas, cuya empresa de turismo activo esté inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma de Cantabria con anterioridad al plazo de finalización de presentación de solicitudes. Deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social y en el epígrafe correspondiente a dicha actividad del impuesto sobre actividades económicas, salvo las de nueva creación, que lo deberán estar en la fecha de justificación de la actividad o proyecto subvencionado.






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