viernes, 27 de febrero de 2015

PREMIOS NACIONALES DE LITERATURA

En el BOE de 26 de febrero de 2015 se ha publicado la convocatoria de los Premios Nacionales de Literatura en las modalidades de Poesía, Poesía Joven "Miguel Hernández", Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y Literatura Infantil y Juvenil, correspondientes a 2015.

¿Cuál es el objeto de los premios?

Los Premios Nacionales de Literatura tienen por objeto distinguir las obras de autores españoles, escritas en cualquiera de las lenguas españolas, que, según el juicio de especialistas de probada competencia, han resultado sobresalientes dentro de la creación literaria, en las modalidades de Poesía, Poesía Joven «Miguel Hernández», Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y Literatura Infantil y Juvenil.


¿En qué consisten y cuál es la cuantía de tales premios?

Los Premios Nacionales de Literatura en las modalidades de Poesía, Poesía Joven «Miguel Hernández», Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y Literatura Infantil y Juvenil correspondientes a 2015, distinguirán las mejores obras publicadas en 2014 de cada uno de los géneros.

Los Premios Nacionales de Literatura en cada modalidad tendrán una cuantía de 20.000 euros, que percibirán los autores de las obras. Los premios tendrán carácter indivisible y no podrán ser declarados desiertos ni concederse a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan ejercerse si algún autor falleciera después del fallo del Jurado.

¿Cuáles son los requisitos de los posibles beneficiarios?

Optarán a estos premios las obras de creación literaria escritas en cualquier lengua española por autores españoles y editadas en España en su primera edición, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014, que hayan cumplido los requisitos legales establecidos para su difusión. Si existen dudas sobre la fecha de publicación, se tomará como válida la fecha del Deposito Legal.

Quedan excluidas, con carácter general, las antologías en cuanto a selección de fragmentos de obras ya publicadas en forma de libro. Las denominadas «obras completas», y las recopilaciones de obras sólo podrán ser tenidas en consideración si la parte de las mismas publicada por vez primera en 2014 supera en número de páginas a las partes ya publicadas en años anteriores. Igualmente se excluirán las actas de congresos.

¿Cuál es el procedimiento de concesión?

Para la concesión del premio se constituirá un Jurado.

La Orden Ministerial de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Será competencia del Jurado:

a) La propuesta de obras, la valoración de las mismas y el fallo del Premio. El Jurado del Premio Nacional de Literatura, en la modalidad de Ensayo, valorará especialmente aquellas obras que, más allá de la erudición, investigación o recopilación de carácter fundamentalmente científico o de especialización académica en disciplinas concretas, destaquen por su creatividad, preocupación por el lenguaje, originalidad de tratamiento y expresión literaria, características históricas que han convertido al ensayo en género literario. El Premio Nacional de Literatura Infantil y Juvenil distinguirá la mejor obra destinada al público infantil y juvenil. El Premio Nacional de Poesía Joven «Miguel Hernández» reconocerá la obra poética publicada por un autor menor de 31 años.

b) Proponer al Jurado del Premio Nacional de las Letras Españolas candidatos a dicho Premio. El Jurado elaborará una propuesta de los escritores que, a su juicio, son merecedores del Premio Nacional de las Letras Españolas, en número no superior a tres.
Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.

El fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, antes de la fecha prevista para el cierre del ejercicio presupuestario, y la correspondiente Orden de concesión del Premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

En ningún caso, la concesión del premio implicará cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de su autor.

El editor de la obra premiada podrá hacer uso publicitario del Premio recibido, indicando de forma expresa el año a que corresponde.


La entrega del premio concedido se efectuará en acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

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