En el BOE de 26 de febrero
de 2015 se ha publicado la convocatoria
de los Premios Nacionales de Literatura en las modalidades de Poesía, Poesía
Joven "Miguel Hernández", Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y
Literatura Infantil y Juvenil, correspondientes a 2015.
¿Cuál es el objeto de los
premios?
Los Premios Nacionales de
Literatura tienen por objeto distinguir
las obras de autores españoles, escritas en cualquiera de las lenguas
españolas, que, según el juicio de especialistas de probada competencia, han
resultado sobresalientes dentro de la creación literaria, en las modalidades
de Poesía, Poesía Joven «Miguel Hernández», Narrativa, Ensayo, Literatura
Dramática y Literatura Infantil y Juvenil.
¿En qué consisten y cuál
es la cuantía de tales premios?
Los Premios Nacionales de
Literatura en las modalidades de Poesía,
Poesía Joven «Miguel Hernández», Narrativa, Ensayo, Literatura Dramática y
Literatura Infantil y Juvenil correspondientes a 2015, distinguirán las
mejores obras publicadas en 2014 de cada uno de los géneros.
Los Premios Nacionales de
Literatura en cada modalidad tendrán una cuantía
de 20.000 euros, que percibirán los autores de las obras. Los premios
tendrán carácter indivisible y no podrán ser declarados desiertos ni concederse
a título póstumo, sin perjuicio de los derechos de sucesión que puedan
ejercerse si algún autor falleciera después del fallo del Jurado.
¿Cuáles son los requisitos
de los posibles beneficiarios?
Optarán
a estos premios las obras de creación literaria escritas en cualquier lengua
española por autores españoles y editadas en España en su primera edición,
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014,
que hayan cumplido los requisitos legales establecidos para su difusión. Si
existen dudas sobre la fecha de publicación, se tomará como válida la fecha del
Deposito Legal.
Quedan
excluidas, con carácter general, las antologías en cuanto a selección de
fragmentos de obras ya publicadas en forma de libro.
Las denominadas «obras completas», y las recopilaciones de obras sólo podrán
ser tenidas en consideración si la parte de las mismas publicada por vez
primera en 2014 supera en número de páginas a las partes ya publicadas en años
anteriores. Igualmente se excluirán las actas de congresos.
¿Cuál es el procedimiento
de concesión?
Para la concesión del
premio se constituirá un Jurado.
La Orden Ministerial de
designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Será
competencia del Jurado:
a) La propuesta de
obras, la valoración de las mismas y el fallo del Premio. El Jurado del
Premio Nacional de Literatura, en la modalidad de Ensayo, valorará
especialmente aquellas obras que, más allá de la erudición, investigación o
recopilación de carácter fundamentalmente científico o de especialización
académica en disciplinas concretas, destaquen por su creatividad, preocupación
por el lenguaje, originalidad de tratamiento y expresión literaria,
características históricas que han convertido al ensayo en género literario. El
Premio Nacional de Literatura Infantil y Juvenil distinguirá la mejor obra
destinada al público infantil y juvenil. El Premio Nacional de Poesía Joven
«Miguel Hernández» reconocerá la obra poética publicada por un autor menor de
31 años.
b) Proponer al Jurado del Premio Nacional de las Letras Españolas
candidatos a dicho Premio. El Jurado elaborará una propuesta de los
escritores que, a su juicio, son merecedores del Premio Nacional de las Letras
Españolas, en número no superior a tres.
Las votaciones se
efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido
únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.
El fallo del Jurado se
elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Directora
General de Política e Industrias Culturales y del Libro, antes de la fecha
prevista para el cierre del ejercicio presupuestario, y la correspondiente
Orden de concesión del Premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del
Estado».
En ningún caso, la
concesión del premio implicará cesión o limitación de los derechos de propiedad
intelectual de su autor.
El editor de la obra
premiada podrá hacer uso publicitario del Premio recibido, indicando de forma
expresa el año a que corresponde.
La entrega del premio
concedido se efectuará en acto público, convocado al efecto, al
que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comparte tus comentarios en ayudas, becas y subvenciones