En el BOE de 26 de febrero
de 2015 se ha publicado la convocatoria para el año 2015 de los Premios Nacionales de Comercio Interior.
¿Cuál es el objeto, finalidad y dotación de la
convocatoria?
Los
Premios Nacionales de Comercio Interior para el año 2015, con el fin de
galardonar las siguientes actuaciones:
a) Premio Nacional a
Ayuntamientos, destinado a premiar las actuaciones de renovación urbana
comercial en el centro de las ciudades. Este Premio contará con dos accésit.
b) Premio Nacional al
Pequeño Comercio, destinado a premiar el desarrollo comercial y
modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología y la asociación
o fusión de empresas. Este Premio contará con dos accésit.
c) Premio Nacional a
Centros Comerciales Abiertos, destinado a galardonar el asociacionismo
comercial orientado a la promoción de Centros Comerciales Abiertos (CCA) y la
potenciación y desarrollo de sus órganos gerenciales. Este Premio contará con
dos accésit.
Los mencionados premios
podrán contar, en su caso, con las correspondientes menciones, con el objeto de
destacar la calidad de las candidaturas presentadas.
¿Cuáles son las características
de los premios?
El Premio a Ayuntamientos
no tendrá dotación económica, al ser de carácter
honorífico.
El Premio al Pequeño
Comercio estará dotado con 5.000 euros brutos.
El Premio a Centros
Comerciales Abiertos estará dotado con 5.000 euros brutos.
Los Premios, o alguno de
ellos, podrán ser declarados desiertos. Los Premios, los accésit y las
menciones, en cada modalidad, consistirán en un diploma acreditativo.
Los accésit y menciones de
cada una de las modalidades tendrán carácter honorífico,
por lo que no conllevarán dotación económica.
¿Cuáles son los requisitos
de los solicitantes?
a) Premio Nacional a
Ayuntamientos. Podrán ser candidatos los ayuntamientos y mancomunidades de
municipios de España.
b) Premio Nacional al
Pequeño Comercio. Podrán ser candidatos los empresarios autónomos y
sociedades mercantiles dedicadas al comercio minorista que se encuentren en los
epígrafes 64, 65 y 66 del Impuesto de Actividades Económicas o en la rama 47 de
la CNAE.
c) Premio Nacional a
Centros Comerciales Abiertos. Podrán presentar su candidatura las
asociaciones y federaciones de comerciantes de carácter territorial, sin fines
de lucro.
¿Cómo es el procedimiento
de concesión?
El procedimiento de
concesión será en régimen de concurrencia competitiva. Para la concesión de
los Premios se realizará una comparación de las candidaturas presentadas,
teniendo como base los informes emitidos por el órgano instructor, evaluándose
las solicitudes, estableciendo una prelación entre los candidaturas, de acuerdo
con los criterios de valoración, y adjudicándose a aquellas que hayan obtenido
mayor puntuación.
Las
candidaturas podrán presentarse directamente por los
interesados, o bien por asociaciones empresariales, corporaciones o entidades
de derecho público. Los candidatos podrán presentar sus solicitudes, junto con
la correspondiente documentación, dirigidas a la Dirección General de Comercio
Interior, en:
1.º El Registro General
del Ministerio de Economía y Competitividad, Paseo de la Castellana 162,
Madrid, o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.º A través de la sede
electrónica de la Secretaria de Estado de Comercio, para aquellos
candidatos que dispongan de firma electrónica reconocida conforme lo
establecido en la Ley 59/2003 de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, a
través de la dirección:
https://sede.comercio.gob.es/es-ES/procedimientos/procedimientostelematicos/Paginas/SolicituddePremiosNacionalesRelacionadosconelComercioInterior.aspx
Las
candidaturas podrán ser presentadas en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
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