viernes, 2 de febrero de 2018

SUBVENCIONES DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE CARÁCTER SECTORIAL

En el BOE de 30 de diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones del Patronato de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales F.S.P., para el desarrollo de las actuaciones en el ámbito sectorial contempladas en el objetivo 4 línea de actuación 3 y 5 de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2018, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

¿Cuál es el objeto de las subvenciones?

Las subvenciones tendrán por objeto la realización de acciones de carácter sectorial que podrán ser de asistencia técnica e información y promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

Las acciones deberán desarrollarse en el ámbito supra autonómico o estatal.

Las acciones tendrán carácter sectorial y deberán orientarse a la consecución de al menos uno de los siguientes objetivos:

1. Promover la integración de la prevención de riesgos laborales en las pymes, con una mayor implicación de los empresarios y trabajadores. En concreto, las acciones deberán ir dirigidas a las empresas de menos de 50 trabajadores sin representación sindical, en los sectores que hayan llegado a acuerdos bipartitos, reforzando los principios y objetivos de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015- 2020.

2. Potenciar la cultura de la seguridad y salud en el trabajo mediante acciones en actividades, colectivos y empresas de mayor riesgo. En concreto, y en consonancia con las prioridades de la estrategia, las acciones deberán dirigirse, al menos, a uno de los siguientes objetivos específicos:

a) Mejorar las condiciones de seguridad y salud en alguno de las siguientes personas trabajadoras: jóvenes (menores de 25 años), de edad avanzada (55 años y más), mujeres y trabajadores temporales.

b) Promover la prevención de los trastornos musculoesqueléticos.

c) Promover la prevención de enfermedades profesionales.

d) Sensibilizar sobre riesgos nuevos y emergentes.

e) Prevenir factores de riesgo de carácter organizativo y psicosocial.

f) Promover la cultura de la salud potenciando hábitos de vida saludables en el entorno laboral.

g) Promover la seguridad vial laboral.

h) Promover una vigilancia de la salud más eficiente.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las entidades y organizaciones sectoriales sin ánimo de lucro de ámbito estatal, que tengan entre sus fines la representación, promoción y defensa de los intereses de trabajadores o empresarios en materia de prevención de riesgos laborales, así como las fundaciones creadas por éstos para la consecución de cualquiera de esos fines.

Cuando el beneficiario sea una persona jurídica, los miembros asociados del mismo que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

Podrán acceder también a la condición de beneficiario las agrupaciones de beneficiarios que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el BOE, y finalizará el 8 de febrero de 2018 a las 23:59:59.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comparte tus comentarios en ayudas, becas y subvenciones