En el BOE de 30 de diciembre
de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones
del Patronato de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales
F.S.P., para el desarrollo de las actuaciones en el ámbito sectorial
contempladas en el objetivo 4 línea de actuación 3 y 5 de la Estrategia
Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2018, en el ámbito de la
prevención de riesgos laborales.
¿Cuál es el objeto
de las subvenciones?
Las subvenciones tendrán por
objeto la realización de acciones de
carácter sectorial que podrán ser de asistencia técnica e información y
promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos
laborales.
Las acciones deberán
desarrollarse en el ámbito supra autonómico o estatal.
Las acciones tendrán
carácter sectorial y deberán orientarse a la consecución de al menos uno de los
siguientes objetivos:
1. Promover la integración
de la prevención de riesgos laborales en las pymes, con una mayor implicación
de los empresarios y trabajadores. En concreto, las acciones deberán ir
dirigidas a las empresas de menos de 50 trabajadores sin representación
sindical, en los sectores que hayan llegado a acuerdos bipartitos, reforzando
los principios y objetivos de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el
Trabajo 2015- 2020.
a) Mejorar las condiciones
de seguridad y salud en alguno de las siguientes personas trabajadoras: jóvenes
(menores de 25 años), de edad avanzada (55 años y más), mujeres y trabajadores
temporales.
b) Promover la prevención de
los trastornos musculoesqueléticos.
c) Promover la prevención de
enfermedades profesionales.
d) Sensibilizar sobre
riesgos nuevos y emergentes.
e) Prevenir factores de
riesgo de carácter organizativo y psicosocial.
f) Promover la cultura de la
salud potenciando hábitos de vida saludables en el entorno laboral.
g) Promover la seguridad
vial laboral.
h) Promover una vigilancia
de la salud más eficiente.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Las
entidades y organizaciones sectoriales sin ánimo de lucro de ámbito estatal,
que tengan entre sus fines la representación, promoción y defensa de los
intereses de trabajadores o empresarios en materia de prevención de riesgos
laborales, así como las fundaciones
creadas por éstos para la consecución de cualquiera de esos fines.
Cuando el beneficiario sea
una persona jurídica, los miembros asociados del mismo que se comprometan a
efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión
de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán
igualmente la consideración de beneficiarios.
Podrán acceder también a la
condición de beneficiario las
agrupaciones de beneficiarios que, aun careciendo de personalidad jurídica,
puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se
encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
¿Cuál es el plazo
de presentación de solicitudes?
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día
siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el BOE, y
finalizará el 8 de febrero de 2018 a las 23:59:59.
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