viernes, 23 de febrero de 2018

SUBVENCIONES PARA UNIDADES DE APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL EN LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

En el BOCYL de 29 de diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones para la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo para 2018.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria? 

La concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo.

Las ayudas que se convocan a través de la orden tienen por objeto financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación de los trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los destinatarios finales de este programa son los trabajadores con discapacidad de los centros especiales de empleo y que se encuentren en alguno de los supuestos que se describen a continuación:

a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.

b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%.

Podrán ser beneficiarios las entidades titulares de los centros especiales de empleo y dichos centros, cuando tengan personalidad jurídica propia, que cumplan con los requisitos.


¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

Las solicitudes podrán presentarse desde la producción de efectos de la orden hasta el 2 de marzo de 2018, ambos inclusive.

¿Qué actividades y gastos son subvencionables?

Son gastos subvencionables los costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores contratados indefinidamente de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo.

Serán subvencionables los gastos que se hayan realizado desde el 1 de agosto de 2017 hasta el 31 de julio de 2018.

¿Cuál es la cuantía de las subvenciones?

La cuantía de dichas subvenciones se establece en un máximo de 1.200 euros anuales por cada trabajador con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía, indicados en el apartado 2 del dispongo cuarto de la orden, contratado por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.


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