En Navarra, la RESOLUCIÓN
576/2014 aprueba la convocatoria de
Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso 2014/2015.
¿Cuáles son las becas y
ayudas contempladas en la convocatoria?
1. Becas de Educación Especial: tienen por objeto ayudar a los
solicitantes que lo precisen a sufragar el gasto originado por seguir estudios
de cualquier nivel o grado en Centros de Educación Especial, Aulas Alternativas
a Centros de Educación Especial en zona rural, Aulas para Trastornos
Generalizados del Desarrollo, Unidades de Currículo Especial, Programas de
Cualificación Profesional Inicial Especial y centros educativos ordinarios para
alumnado con discapacidad motora o auditiva que ha sido propuesto por los
equipos del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra (CREENA).
Los conceptos por los que
pueden solicitarse estas Becas son: comedor, transporte y residencia.
2. Ayudas de Educación Especial: están dirigidas al alumnado escolarizado
en un centro educativo de la Comunidad Foral de Navarra en los niveles de
Educación Infantil, Primaria y ESO con necesidades educativas especiales
asociadas bien a una discapacidad psíquica, física, sensorial o motora
significativa, o a trastornos graves de conducta, incluyendo al alumnado
afectado por TDAH con adaptación curricular significativa, o por presentar
altas capacidades intelectuales que precisen actividades complementarias a la
formación reglada.
Asimismo, se podrá
considerar beneficiario de estas ayudas el alumnado con necesidades educativas
derivadas de:
–Trastorno específico o
retraso grave de lenguaje que precise atención de logopedia.
–Trastorno específico de
lectura que suponga un retraso curricular de dos o más cursos en el área de
lenguaje.
En todos los casos se
precisa justificación mediante el informe psicopedagógico y, en su caso,
informe médico.
3. Ayuda a alumnado de educación postobligatoria no universitaria con
discapacidad: son ayudas individuales para la enseñanza del alumnado
escolarizado en un centro educativo de la Comunidad Foral de Navarra con
discapacidad sensorial, motora o con trastornos psiquiátricos graves que
requieran apoyo pedagógico extraordinario, o transporte adaptado. Constituyen
la educación postobligatoria no universitaria: el bachillerato, la formación
profesional de grado medio y grado superior, las enseñanzas profesionales de
artes plásticas y diseño de grado medio y grado superior y las enseñanzas
deportivas de grado medio y grado superior.
¿Cuáles son los requisitos
generales de los beneficiarios?
Tanto para la concesión de
Becas como para la concesión de Ayudas es imprescindible haber solicitado la
Beca del Ministerio de Educación para el curso 2014/2015 (si se reúnen las
condiciones requeridas) y en el caso de que se le hubiera denegado que no
haya sido por alguna de las siguientes causas:
a) No cumplir los plazos
establecidos en dichas convocatorias para la presentación de documentos.
b) No consignar en la
solicitud datos básicos o no haber aportado la documentación necesaria para la
resolución del concurso, pese a haberle sido requerida.
Además deberán de cumplir
los siguientes requisitos de edad:
a) Para Becas de comedor,
transporte y residencia. El alumnado con discapacidad física, psíquica o
sensorial con edades comprendidas entre los tres años y los veintiuno cumplidos
a 31 de diciembre de 2014.
b) Para Ayudas de
Educación Especial el alumnado escolarizado en los niveles de Educación
Infantil, Primaria y ESO con edades comprendidas entre los tres y dieciocho
años cumplidos a 31 de diciembre de 2014.
c) Para Ayudas de
postobligatoria con edades comprendidas entre los dieciséis y los veintiuno
años cumplidos a 31 de diciembre de 2014.
Tanto para las Becas como
para las Ayudas será requisito indispensable haber presentado los justificantes
exigidos en la convocatoria del curso 2013/2014, caso de haber obtenido Beca o
Ayuda en dicha convocatoria y no estar pendiente de devolución de importes de
becas o ayudas de cursos anteriores.
Cuantías máximas de las
Becas y Ayudas
1.–Becas de Educación Especial:
a) Comedor (régimen medio
pensionista): hasta 300 euros. En las unidades UT-TGD no se tendrá en cuenta
este límite.
b) Transporte: Se
determinará en función del gasto efectivo resultante de la utilización de este
servicio.
c) Residencia: hasta 1.800
euros, cuando la distancia del domicilio familiar al centro educativo sea mayor
de 20 kilómetros.
2.–Ayudas de Educación Especial:
a) Apoyo a las necesidades
educativas: Hasta 1.300 euros.
b) Apoyo a las altas
capacidades: Hasta 700 euros.
c) Transporte: Hasta 500
euros, cuando la distancia al centro de apoyo sea superior a 8 kilómetros.
3.-Ayudas para alumnado de educación postobligatoria no universitaria con
discapacidad:
a) Apoyo hasta 1.500
euros.
b) Transporte hasta 500
euros, cuando la distancia al centro de apoyo sea superior a 8 kilómetros.
¿Cuál es el modo, forma,
lugar y plazo para la presentación de las solicitudes?
Las solicitudes de Becas y
Ayudas de Educación Especial se formularán con el impreso (carpeta) debidamente
cumplimentado que se facilitará en los Centros Educativos, en el Negociado de
Información y Documentación del Departamento de Educación (calle Santo Domingo
s/n, 31001 Pamplona), en la página web del CREENA
(http://creena.educacion.navarra.es), o en el catálogo de servicios del
Gobierno de Navarra y deberá ser totalmente cumplimentado en todos sus extremos
para que pueda ser estimado.
Las solicitudes
debidamente cumplimentadas por parte del solicitante deberán presentarse en el centro
educativo, que completará la parte del impreso (carpeta) que le corresponde y
adjuntará la documentación necesaria y la tramitará a través del Registro del
Departamento de Educación, en los lugares determinados en el artículo 38.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o a través del Registro General Electrónico
de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a que se refiere el
Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio.
El
plazo de presentación de solicitudes y de los documentos
acreditativos para concurrir en la presente convocatoria de Becas y Ayudas de
Educación Especial será de 20 días naturales contados a partir del día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Os adjunto el enlace de la
convocatoria
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