La Resolución de 17 de
octubre de 2014, de la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y
Tecnología Agraria y Alimentaria, ha convocado subvenciones para el año 2014, a
proyectos de investigación fundamental orientada al sector cunícola, dentro del
Programa Estatal de I+D+I orientada a los Retos de la Sociedad (Actividad
Agraria Productiva y Sostenible) del Plan Estatal de Investigación Científica y
Técnica y de Innovación, 2013-2016.
¿Concepto de cunícola?
El concepto de cunícola se
utiliza en nuestro idioma para designar a la actividad que implica la cría
de conejos con la misión de aprovechar su carne y pelaje, entre otros, para
desarrollar una actividad comercial a partir de ellos.
¿Objeto de la
convocatoria?
La concesión de subvenciones
a proyectos de investigación fundamental orientada del Reto de Seguridad y
Calidad Alimentaria, Actividad Agraria Productiva y Sostenible, Sostenibilidad
de los Recursos Naturales e Investigación Marina y Marítima.
Los proyectos de
investigación fundamental van dirigidos a fomentar la generación de conocimiento,
su aplicación y la innovación en todas sus dimensiones.
La convocatoria prioriza
aquellos proyectos de investigación que, siendo considerados excelentes desde
un punto de vista científico, sean abordados por más de tres grupos de
investigación complementarios e incorporen en los procedimientos experimentales
a empresas o cooperativas que desarrollen su actividad productiva en el ámbito
del sistema agroalimentario para estimular simultáneamente la cooperación entre
grupos de investigación, el abordaje pluridisciplinar de las prioridades
temáticas y la transmisión del conocimiento al sector.
¿Quiénes pueden ser
beneficiarios?
Para la realización de
proyectos de investigación: los centros públicos de I+D+I, las Universidades
privadas y los Centros privados de I+D+I sin ánimo de lucro.
En el caso de subproyectos
de un proyecto coordinado, también los demás centros de I+D+I y las empresas a
cuya plantilla pertenezca el investigador principal del subproyecto.
En los casos en los que el
beneficiario sea persona jurídica, también los miembros asociados del mismo que
se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que
fundamentan la concesión de la ayuda en nombre y por cuenta de dicho beneficiario.
El solicitante principal y sus asociados formalizarán un convenio de
colaboración, que recoja el alcance y tipo de las actuaciones a realizar por
parte de cada uno de ellos, así como las obligaciones de carácter financiero y
de justificación científico-técnica y económica de las partes.
¿Cuáles son algunas de las
características de los proyectos subvencionables?
Los proyectos pueden ser individuales
o coordinados.
Los proyectos individuales
tendrán un investigador principal que será el responsable del desarrollo de las
actividades propuestas.
Los proyectos coordinados
estarán constituidos por dos o más subproyectos a cargo de otros tantos equipos
de investigación, de distintas entidades o de la misma entidad, siempre que
pertenezcan a diferentes institutos y centros de investigación, departamentos universitarios
o institutos universitarios de investigación.
En los proyectos
coordinados, cada subproyecto tendrá un investigador principal y coordinador
responsable del desarrollo de las actividades asignadas a dicho subproyecto.
Los proyectos tendrán una
duración máxima de tres años, a contar desde la fecha que se establezca en la
resolución de concesión. En todo caso, el inicio de la ejecución de los
proyectos no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
¿Dónde se presentan las
solicitudes y en qué plazo?
El plazo de presentación
de solicitudes, así como del resto de documentación que en cada caso sea
exigible, será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la
publicación de la convocatoria.
La cumplimentación y
presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de la
aplicación telemática habilitada para ello en el portal web www.inia.es, a
través de la cumplimentación por los investigadores principales del formulario
electrónico de solicitud correspondiente a cada proyecto o subproyecto. Los
investigadores principales presentarán, junto con el formulario de solicitud,
la documentación e imprimirán los documentos generados por la aplicación
telemática, una vez ésta haya realizado las validaciones correspondientes. Los
documentos generados contendrán las firmas originales del investigador
principal y del resto del equipo de investigación y se pondrán a disposición
del representante legal de la entidad a la que pertenezcan.
Los representantes legales
de las entidades solicitantes, después de supervisar cada solicitud de proyecto
o subproyecto en la aplicación telemática de solicitud, deberán completar su
presentación mediante firma electrónica avanzada, responsabilizándose de la
custodia y veracidad de las firmas del investigador principal y del resto de
los miembros del equipo de investigación.
Igualmente, los
representantes legales de las entidades solicitantes remitirán a través de la
aplicación disponible en la sede electrónica del INIA http://www.inia.es, en un
envío único para todas las solicitudes presentadas, la documentación.
Las entidades deben estar
previamente registradas en el portal web del INIA, en el apartado «Registro de
datos previos para la firma electrónica». Este trámite no será necesario si en
una convocatoria anterior se hubieran inscrito en este registro. Asimismo, las
entidades deben contar con alguno de los certificados digitales admitidos en la
plataforma de validación de firma electrónica @firma.
No será admisible en
ningún caso la firma y presentación de solicitudes en soporte papel.
Os adjunto el enlace de la
convocatoria publicada en el BOE de 13 de noviembre de 2014:
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