En el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid de 12 de noviembre de 2014 se ha publicado la ORDEN
2167/2014 relativa a la convocatoria para el año 2015 de las ayudas para la modernización de las
estructuras agrarias y la primera
instalación de jóvenes agricultores, confinanciables por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del
día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
El objeto de las subvenciones es la incorporación de jóvenes a la
agricultura, la modernización de las estructuras de producción de las
explotaciones agrarias, en particular, inversiones productivas basadas en un
plan de mejora de las explotaciones agrarias, otras inversiones para la
mejora de las condiciones de las explotaciones agrarias, inversiones
para la mejora de la eficiencia del riego y el fomento de la implantación
de olivar y otros cultivos leñosos de bajo consumo hídrico.
Las ayudas, recogidas en
la Orden se corresponden con las siguientes actuaciones del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid
(2007-2013):
1. Línea de Primera
instalación de agricultores jóvenes
Podrán ser beneficiarios
de esta línea de ayudas los jóvenes que realicen su primera instalación en una
explotación agraria prioritaria situada en su mayor parte en la Comunidad de
Madrid, que presenten un plan empresarial.
2. Línea de
Modernización de Explotaciones Agrarias
Podrán ser beneficiarios
de esta línea de ayudas los titulares de explotaciones agrarias que realicen
inversiones en la Comunidad de Madrid, on los requisitos que en la Orden se
señalan.
Las
solicitudes serán dirigidas al excelentísimo señor Consejero de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio conforme al modelo de instancia que
se adjunta en la Orden. Podrán
presentarse en el Registro de la Dirección General del Medio Ambiente o
cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración
General del Estado, de Ayuntamientos que han firmado el correspondiente
Convenio, en oficinas de Correos y en representaciones diplomáticas u oficinas
consulares de España en el extranjero, o por cualquier otra de las formas
previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
La solicitud, así como la
documentación que acompañe a la misma, podrá
presentarse igualmente por Internet, a través del Registro Telemático de la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para lo que será
necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la
Comunidad de Madrid y que podrán obtenerse a través de www.madrid.org, de
acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007 y normativa autonómica de
aplicación.
El enlace de dicha
publicación es:
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