lunes, 25 de mayo de 2015

PREMIO NACIONAL DE ARTES ESCÉNICAS PARA LA INFANCIA Y LA JUVENTUD

En el BOE de 12 de mayo de 2015 se ha publicado la convocatoria del Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondiente al año 2015.

¿Cuál es el objeto y finalidad del Premio.

El Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud recompensará la meritoria labor de una persona o entidad en el ámbito de las artes escénicas para el público infantil y juvenil, puesta de manifiesto preferentemente a través de una obra o actuación hecha pública o representada durante el año 2014.

El Premio se otorgará con base en las actividades de creación escénica para el público infantil y juvenil realizadas por personas físicas o colectivos susceptibles de ser considerados creadores, cualquiera que sea su personalidad jurídica.

Para la concesión del Premio se tendrá en cuenta la calidad de la obra o actividad recompensada y su significación como aportación sobresaliente e innovadora a las artes escénicas para la infancia y la juventud.


¿Cuál es la cuantía del premio?

La dotación económica del Premio es de 30.000,00 euros, cuantía que no podrá dividirse.

¿Cuál es el procedimiento de concesión?

El fallo del Premio corresponderá a un Jurado

Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, el cual podrá ser emitido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.

Las candidaturas al Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondiente al año 2015 serán presentadas por los miembros del jurado o por las entidades culturales o profesionales relacionadas con las artes escénicas para la infancia y la juventud, mediante propuestas razonadas dirigidas al ministro de Educación, Cultura y Deporte o a la presidenta del jurado, una vez constituido el mismo. La fecha límite de presentación de dichas propuestas será el 30 de septiembre de 2015.
El fallo se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Directora general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, antes del 10 de diciembre de 2015. La Orden de concesión del Premio se publicará inmediatamente en el «Boletín Oficial del Estado».

El Premio no podrá declararse desierto.

La entrega del Premio se efectuará en un acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

La concesión del Premio no implicará en ningún caso cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual del ganador.

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