En el BOE nº 98, de 24 de abril de 2015, se ha publicado
la Resolución
de 15 de abril de 2015, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial,
por la que se aprueba la convocatoria del año 2015 del procedimiento de
concesión de subvenciones destinadas a fomentar la cooperación regional en
investigación y desarrollo (Programa FEDER Innterconecta).
El objeto de la convocatoria es la
concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo
e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal
de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, mediante el
procedimiento de concesión de
subvenciones destinadas a fomentar la cooperación regional en I+D.
Con estos proyectos se
pretende estimular la cooperación estable en actividades de I+D entre empresas
ubicadas en las principales regiones destinatarias del «Programa Operativo de
Crecimiento Inteligente 2014-2020». En particular, se persigue el desarrollo
de tecnologías novedosas en áreas tecnológicas de futuro con proyección
económica y comercial a nivel internacional, suponiendo a la vez un avance
tecnológico e industrial relevante para dichas regiones. Se afrontarán de
manera cooperativa las problemáticas comunes a los retos de la sociedad y se
movilizará la participación de las PYMES en proyectos asociativos de cierta
envergadura.
Los proyectos
objeto de ayuda de la convocatoria serán proyectos
de desarrollo experimental en la modalidad de proyectos en cooperación.
Las temáticas de los proyectos presentados deberán estar alineadas con las prioridades establecidas, entre otros, en los siguientes Retos Sociales: Salud, cambio demográfico y bienestar; Energía, segura, eficiente y limpia; Transporte inteligente, sostenible e integrado; Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas; Cambios e innovaciones sociales; Economía y sociedad digital.
Las temáticas de los proyectos presentados deberán estar alineadas con las prioridades establecidas, entre otros, en los siguientes Retos Sociales: Salud, cambio demográfico y bienestar; Energía, segura, eficiente y limpia; Transporte inteligente, sostenible e integrado; Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas; Cambios e innovaciones sociales; Economía y sociedad digital.
Las propuestas
presentadas deberán referirse a un único Reto de los especificados
anteriormente. Aunque el contenido del proyecto sea susceptible de dar
respuesta a más de un Reto, o tener un carácter transversal, deberá elegirse
uno de ellos.
Los proyectos
presentados deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) De cuantía: Los proyectos subvencionables
deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 1.000.000,00 € y máximo de
4.000.000,00 €.
b) De duración: Los proyectos deberán ser
plurianuales y parte del proyecto deberá realizarse en el año 2015. En todo
caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2015. Los proyectos tendrán una
duración de dos o tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de
diciembre de 2016 o el 31 de diciembre de 2017.
c) De ámbito geográfico: Solo se financiarán
aquellos proyectos que sean desarrollados en el ámbito geográfico de las
siguientes Comunidades y/o Ciudades Autónomas: Andalucía, Asturias, Canarias,
Castilla La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia, Ceuta y Melilla.
Podrán ser
beneficiarios de las subvenciones las
agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas que, aun
careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto
de ayuda.
Las agrupaciones deberán estar constituidas
únicamente por empresas. Las
agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo, por dos empresas
autónomas entre sí, de las cuales al menos una de ellas ha de ser grande
o mediana y otra ha de ser PYME. El número máximo de empresas
integrantes de la agrupación será de seis. Ninguna de las empresas autónomas de
la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas, podrá
superar el 70 % del presupuesto financiable del proyecto.
Estas agrupaciones se
regirán por el documento contractual que las regule. El funcionamiento
interno de la agrupación responderá a criterios de autonomía de gestión,
asumiendo uno de los socios la interlocución así como la representación de la
agrupación ante la Administración. En todo caso, el representante tiene que ser
una de las empresas grandes o medianas de la agrupación. Entre otros
aspectos dicho documento contractual deberá regular como mínimo lo siguiente:
a) distribución de actividades y presupuesto; b) acuerdos de confidencialidad;
c) propiedad, protección legal (patentes) y divulgación de los resultados, y d)
gestión del consorcio y plan de contingencias.
La empresa que asuma la representación de la agrupación
recibirá la ayuda concedida y será responsable de su distribución entre los
socios participantes de acuerdo con el reparto establecido en la resolución de
concesión.
Resultan
subvencionables los gastos
de personal, los costes de
adquisición de equipamiento, instrumental y material necesario para la
actuación, la adquisición de material fungible, suministros y productos
similares, los costes de investigación contractual, conocimientos
técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a
precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en
condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los
costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera
exclusiva a la actividad de investigación, y el gasto derivado del informe
realizado por un auditor.
El plazo de
presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 30 de
abril de 2015 y finalizará el día 30 de junio de 2015, a las 12:00 horas del
mediodía, hora peninsular.
La cumplimentación y presentación de las solicitudes
para la obtención de las ayudas deberá realizarse obligatoriamente a través de
los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del
Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (https://sede.cdti.gob.es/).
La solicitud de ayuda y documentación anexa deberá
cumplimentarse con los medios electrónicos de ayuda disponibles en la citada
dirección de Internet.
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