En el BOE de 4 de julio de
2015, se ha publicado la Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la
concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en
I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y
de Innovación 2013-2016.
La Orden tiene por objeto establecer las bases
reguladoras de la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de
Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de
Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 (Plan Estatal
I+D+I).
Las actuaciones que se
financien al amparo de esta orden se enmarcarán dentro de alguno de los
siguientes subprogramas estatales:
a) Subprograma
Estatal de I+D+I Empresarial.
b) Subprograma
Estatal de Tecnologías Facilitadoras Esenciales.
c) Subprograma
Estatal de I+D+I Colaborativa Orientada a las Demandas del Tejido Productivo.
La finalidad de las ayudas es lograr que las empresas españolas
incrementen su competitividad a través de la generación e incorporación de
conocimientos, tecnologías e innovaciones destinadas a la mejora de procesos y
la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados y de mayor
valor añadido. Se pretende impulsar la ejecución de actividades de I+D+I por
parte de los agentes empresariales, así como facilitar el desarrollo y la
difusión de tecnologías clave de carácter transversal y la colaboración
público-privada, fomentando de ese modo la transferencia y circulación de los
conocimientos y sus aplicaciones.
Las
ayudas tienen los siguientes objetivos específicos, distribuidos por
subprogramas:
a)
Subprograma Estatal de I+D+I Empresarial: incrementar,
extender y sistematizar las inversiones y la ejecución de actividades de I+D,
así como promover la innovación como parte de la estrategia competitiva
de las empresas.
El impulso a las actividades de I+D+I de
las empresas, tanto de sectores o segmentos de alto contenido tecnológico como
de los considerados tradicionales o maduros y, especialmente, aquellos que
tienen un carácter estratégico en la economía española por su peso específico,
entre los que destacan el turismo, el sector de la automoción, del transporte
ferroviario, de la construcción naval, la industria aeroespacial, el sector
agroalimentario, la industria de la seguridad, las actividades ligadas a
infraestructuras y construcción avanzadas, el sector de la química, el sector
farmacéutico, el energético, la máquina herramienta, los bienes de equipo, la
confección y otros sectores manufactureros tradicionales.
b)
Subprograma Estatal de Impulso a las
Tecnologías Facilitadoras Esenciales: apoyar los avances y difusión de las Tecnologías
Facilitadoras Esenciales que incluyen, entre otras, fotónica,
microelectrónica y nano electrónica, nanotecnologías, materiales avanzados,
biotecnología, tecnologías de la información y las comunicaciones, o una
combinación de las anteriores. Se añaden, además, aquellas tecnologías
facilitadoras esenciales aplicables a las especificidades del tejido productivo
español, en el que destaca el turismo, las industrias de bienes culturales así
como la prestación de servicios públicos y personales.
c)
Subprograma Estatal de I+D+I
Colaborativa Orientada a las Demandas del Tejido Productivo: incrementar la
aplicación a nuevos procesos, productos y servicios de conocimientos
científico-técnicos y de innovaciones obtenidos como resultado de la
colaboración en materia de I+D+I entre universidades,
organismos públicos de investigación y centros públicos de I+D y los agentes
empresariales y centros privados de I+D+I próximos al mercado; promover la
colaboración público-privada, con especial atención a las PYME, entre los
agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación para facilitar
la orientación de la investigación a las necesidades a medio y largo plazo del
tejido productivo.
Podrán
tener la condición de beneficiarios en las correspondientes convocatorias
efectuadas al amparo de esta orden, entre
otras, las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y
tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España:
- Empresas.
- Agrupaciones o
asociaciones empresariales: Agrupaciones de Interés Económico (AIE);
asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro que realicen entre
sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+I para su sector.
- Agrupaciones
empresariales innovadoras, activas en sectores y regiones concretos, cuyo
objetivo es estimular la actividad innovadora mediante el fomento del uso
compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos teóricos y
prácticos, así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de
conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la
colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación.
- Empresas de Base
Tecnológica.
- Empresas innovadoras.
- Asociaciones empresariales sectoriales.
- Las Uniones Temporales de Empresas (UTE).
Para la consecución del
objeto de las ayudas, y en el ámbito del programa estatal de Liderazgo
Empresarial en I+D+I, las convocatorias
podrán financiar, total o parcialmente, las actuaciones contempladas en los
correspondientes subprogramas estatales de I+D+I Empresarial, de Impulso a las
Tecnologías Facilitadoras Esenciales, y de I+D+I Colaborativa Orientada a las
Demandas del Tejido Productivo, que comprenderán, entre otras, las siguientes
actividades:
a) Proyectos
de I+D+I, que podrán ser ejecutados por una o varias empresas.
Los proyectos serán resultado de la iniciativa empresarial, incluyendo los que
tengan su origen en consorcios empresariales de carácter regional o
inter-regional, así como en la colaboración tecnológica internacional, tanto
multilateral como bilateral. Los proyectos de I+D+I empresarial podrán contemplar
la participación de agentes públicos de I+D para la ejecución de paquetes de
trabajo específicos dentro de los objetivos planteados.
b) Proyectos
de I+D+I orientados al desarrollo y difusión de las Tecnologías Facilitadoras
Esenciales, incluyendo aquellos proyectos que, teniendo un
carácter exploratorio, estén cercanos al mercado.
c) Proyectos
de I+D+I desarrollados en colaboración entre agentes del sector público y del
sector privado, dirigidos a la aplicación de los resultados de las actividades
de I+D+I y que promuevan la aplicación de los conocimientos
generados, faciliten los procesos de transferencia, e incrementen el impacto
social y económico de dichos resultados.
d) Proyectos
de innovación y modernización tecnológica, para incrementar las capacidades de
absorción tecnológica de las empresas, especialmente PYME,
mediante la adaptación y asimilación activa de conocimiento, así como la
modernización tecnológica mediante la incorporación de tecnología en sectores
maduros.
e) Nuevos
proyectos empresariales de empresas innovadoras, que requieran el uso de
tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad
investigadora, y en los que la estrategia de negocio se
base en el desarrollo de tecnología.
f) Acciones
complementarias destinadas a financiar aquellas actividades necesarias para la
obtención de resultados y la valorización de los mismos no contempladas en los
proyectos de I+D+I.
g) Acciones
de dinamización destinadas a financiar, entre otros: (1)
la internacionalización de las actividades de I+D+I empresariales; (2) el apoyo
a redes y estructuras de I+D+I que mejoren la cooperación, coordinación y
diálogo entre los agentes del sistema y proporcionen a los agentes información,
orientación y asesoramiento para facilitar el acceso a la financiación pública
y privada tanto nacional como internacional, favorezcan la búsqueda de socios
tecnológicos e inversores y la prestación de servicios tecnológicos avanzados;
(3) los gastos iniciales para la constitución de las Empresas de Base tecnológica
que pudieran resultar; (4) la protección y explotación del conocimiento y de
los resultados, no contemplados en los proyectos de I+D, favoreciendo su
transferencia; (5) la valorización de los resultados obtenidos; (6) la
promoción de la cultura científica y de la innovación en la sociedad española;
(7) la difusión de los resultados científicos y de innovación, (8) medidas de
capital semilla para el apoyo del arranque de nuevas empresas de base
tecnológica, especialmente las spin off de ámbito público (9) actuaciones de
capital riesgo especializado en I+D para fases posteriores y de capitalización
inteligente de PYME altamente innovadoras con la atracción de capital e
inversores especializados; (10) desarrollo de otras fuentes de financiación, en
particular la ofrecida por los denominados business angels; (11) el desarrollo
de estrategias empresariales o estructuras de gestión comunes, la prestación de
servicios comunes o servicios para facilitar la cooperación, la coordinación de
actividades, como la investigación o la comercialización, el apoyo de redes y
agrupaciones empresariales (clusters), la mejora de la accesibilidad y la
comunicación, o el uso de instrumentos comunes para fomentar el emprendimiento
y el comercio con las PYME; (12) las ayudas a la inversión de activos
materiales o inmateriales en favor de las PYME.
h) Cualquier
otra actividad orientada a lograr los objetivos del Programa Estatal.
Se entiende por
actividades de I+D+I toda aquella actividad, considerada en sentido amplio,
relacionada con la ejecución, preparación, promoción y gestión,
internacionalización y apoyo técnico a la I+D+I, incluyendo, en particular:
a) La ejecución de
proyectos de investigación fundamental, de investigación industrial, o de
desarrollo experimental.
b) La realización de
pruebas de concepto de carácter exploratorio para actividades de investigación
científico-técnica e industrial.
c) Los estudios de
viabilidad.
d) La realización de
proyectos de innovación en productos, procesos y organización.
e) La construcción y
mejora de las propias infraestructuras de I+D+I, así como el desarrollo de
actividades de soporte a la I+D+I, incluido el manejo de equipos, instalaciones
y demás infraestructuras de I+D+I.
f) La gestión de la I+D+I,
incluyendo las actividades de transferencia y valorización del conocimiento, y
el asesoramiento para proyectos o programas internacionales en este ámbito.
g) La promoción y fomento
de la I+D+I, como el impulso de la creación y desarrollo de empresas de base
tecnológica resultantes de la generación de conocimiento científico-técnico en
el Programa Estatal.
h) La participación en los
programas y proyectos internacionales de I+D+I.
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