miércoles, 27 de julio de 2016

SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LA CREACIÓN DE EMPRESAS Y LA INNOVACIÓN EN EL SECTOR DE LA ENSEÑANZA DEL ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS

En el BOCYL de 11 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación en el sector de la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La creación de un tejido empresarial suficiente e innovador que garantice la competitividad y excelencia en la enseñanza del español para extranjeros, con el objetivo de transmitir a los estudiantes extranjeros una imagen de calidad que identifique la enseñanza del español que se imparte en la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué conceptos y gastos son subvencionables?

Puede solicitarse la subvención para estos conceptos:

a) Proyectos de creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León.

Serán gastos subvencionables los siguientes: 1º. Honorarios de redacción del proyecto empresarial o estudio de viabilidad del mismo, hasta un 10% de la cuantía máxima subvencionable. 2º. Los gastos derivados de la diversificación de la producción en productos o servicios dedicados a la enseñanza del español para extranjeros por parte de establecimientos que con anterioridad no estuvieran dedicados a dicha materia. 3º. La adquisición de los terrenos o inmuebles necesarios para la implantación del proyecto, por un importe que no exceda del 10% del gasto total subvencionable. 4º. Gastos de obra civil de creación de las instalaciones. 5º. Los bienes de equipo necesarios para los servicios de electricidad, gas, suministro de agua potable, instalaciones de seguridad y otros ligados al proyecto. 6º. Los trabajos de planificación arquitectónica, ingeniería de proyecto de obra civil y dirección facultativa de los proyectos. 7º. Gastos de alquiler de instalaciones. 8º. Gastos corrientes derivados del cambio de actividad. 9º. Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, etc. 10º. Gastos derivados del pago de los impuestos municipales sobre bienes inmuebles de las nuevas instalaciones, y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. 11º. Gastos derivados del alta o de la contratación de personal directamente relacionado con el proyecto.

b) Proyectos relacionados con la innovación tecnológica de servicios productos, así como con la creación o desarrollo de entornos digitales y nuevos formatos, en las empresas del sector de la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León.

Serán gastos subvencionables los siguientes: 1º. La creación de entornos tecnológicos y digitales que faciliten nuevos métodos de enseñanza. 2º. La creación de servicios complementarios que amplíen y mejoren la calidad de la oferta. 3º. Los gastos de obra civil directamente relacionados con la innovación en servicios o productos, o en la creación o desarrollo de entornos digitales y nuevos formatos. 4º. Los gastos derivados de la contratación de personal para el desarrollo de los proyectos y actuaciones de innovación, creación de entornos tecnológicos o nuevos formatos.

Se presentará una única solicitud por cada solicitante que incluirá una única actuación subvencionable.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los emprendedores y empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, las universidades públicas de Castilla y León y sus entes instrumentales y las universidades privadas con implantación en Castilla y León.

Se consideran emprendedores a aquellas personas físicas o jurídicas privadas que se encuentren realizando o vayan a realizar los trámites necesarios para poder desarrollar la actividad económica de enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León, a través de cualquier forma admitida en derecho, y, en todo caso, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en Castilla y León.
Tendrán la consideración de empresas, aquellas personas físicas o jurídicas privadas titulares de centros privados dedicados a la enseñanza del español para extranjeros radicados en la Comunidad de Castilla y León.

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

La cuantía de las subvenciones se determinará según las disponibilidades presupuestarias, siendo como máximo del 25% del total de la inversión con un límite de 50.000 € por beneficiario.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar estas ayudas?

Presentar una solicitud que se formalizará en el formulario de “Solicitud de subvención destinada a financiar la creación de empresas y la innovación en el sector de la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León” disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/, y se dirigirá a la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Políticas Culturales.

Se puede presentar en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al ciudadano de la Junta de Castilla y León o en los lugares relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, mediante telefax o de forma electrónica a través del Registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. 

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comparte tus comentarios en ayudas, becas y subvenciones