En el BOCYL de 11 de julio
de 2.016 se ha publicado la convocatoria
de subvenciones destinadas a
financiar la creación de empresas y la innovación en el sector de la enseñanza
del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
La creación de un tejido empresarial suficiente e innovador que
garantice la competitividad y excelencia
en la enseñanza del español para extranjeros, con el objetivo de transmitir
a los estudiantes extranjeros una imagen
de calidad que identifique la enseñanza del español que se imparte en la
Comunidad de Castilla y León.
¿Qué conceptos
y gastos son subvencionables?
Puede solicitarse la
subvención para estos conceptos:
a) Proyectos de creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español
para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León.
Serán gastos subvencionables los
siguientes: 1º. Honorarios de redacción del proyecto empresarial o estudio de
viabilidad del mismo, hasta un 10% de la cuantía máxima subvencionable. 2º. Los
gastos derivados de la diversificación de la producción en productos o
servicios dedicados a la enseñanza del español para extranjeros por parte de
establecimientos que con anterioridad no estuvieran dedicados a dicha materia.
3º. La adquisición de los terrenos o inmuebles necesarios para la implantación
del proyecto, por un importe que no exceda del 10% del gasto total
subvencionable. 4º. Gastos de obra civil de creación de las instalaciones. 5º.
Los bienes de equipo necesarios para los servicios de electricidad, gas,
suministro de agua potable, instalaciones de seguridad y otros ligados al
proyecto. 6º. Los trabajos de planificación arquitectónica, ingeniería de
proyecto de obra civil y dirección facultativa de los proyectos. 7º. Gastos de
alquiler de instalaciones. 8º. Gastos corrientes derivados del cambio de
actividad. 9º. Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como
equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, etc. 10º. Gastos derivados
del pago de los impuestos municipales sobre bienes inmuebles de las nuevas
instalaciones, y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. 11º.
Gastos derivados del alta o de la contratación de personal directamente
relacionado con el proyecto.
Serán gastos subvencionables los
siguientes: 1º. La creación de entornos tecnológicos y digitales que faciliten
nuevos métodos de enseñanza. 2º. La creación de servicios complementarios que
amplíen y mejoren la calidad de la oferta. 3º. Los gastos de obra civil
directamente relacionados con la innovación en servicios o productos, o en la
creación o desarrollo de entornos digitales y nuevos formatos. 4º. Los gastos
derivados de la contratación de personal para el desarrollo de los proyectos y
actuaciones de innovación, creación de entornos tecnológicos o nuevos formatos.
Se
presentará una única solicitud por cada solicitante que
incluirá una única actuación subvencionable.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Los
emprendedores y empresas, ya sean personas físicas o jurídicas
privadas, las universidades públicas
de Castilla y León y sus entes instrumentales y las universidades privadas con implantación en Castilla y León.
Se consideran emprendedores a
aquellas personas físicas o jurídicas privadas que se encuentren realizando o
vayan a realizar los trámites necesarios para poder desarrollar la actividad
económica de enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla
y León, a través de cualquier forma admitida en derecho, y, en todo caso, que
desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en Castilla y León.
Tendrán la consideración
de empresas, aquellas personas físicas o jurídicas privadas titulares de
centros privados dedicados a la enseñanza del español para extranjeros
radicados en la Comunidad de Castilla y León.
¿Cuál es la
cuantía de la subvención?
La cuantía de las subvenciones se determinará según las
disponibilidades presupuestarias, siendo como máximo del 25% del total
de la inversión con un límite de 50.000 € por beneficiario.
¿Cuál es el
procedimiento para solicitar estas ayudas?
Presentar
una solicitud que se formalizará en el formulario de
“Solicitud de subvención destinada a financiar la creación de empresas y la
innovación en el sector de la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad
de Castilla y León” disponible en la sede electrónica de la Administración de
la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/, y
se dirigirá a la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Políticas
Culturales.
Se puede presentar en las
Oficinas y Puntos de Información y Atención al ciudadano de la Junta de
Castilla y León o en los lugares relacionados en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, mediante telefax o de forma electrónica a través del Registro
electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
El
plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles
a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la
presente orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.
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