viernes, 12 de agosto de 2016

SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE DESARROLLO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES DE LAS PYMES

En el BOCYL de 14 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria en concurrencia no competitiva para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de desarrollo de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones de las PYMES, así como las disposiciones específicas que la regulan, dentro del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciadas por FEDER.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones con destino a facilitar la financiación de los proyectos de desarrollo experimental que tengan como objeto el desarrollo de nuevos productos o nuevas funcionalidades de productos existentes, incluyendo en su caso el hardware del prototipo necesario, realizados por PYMES pertenecientes al sector TIC con centro de trabajo en Castilla y León, con el objetivo de aumentar las capacidades y especialización del sector a la vez que se generan soluciones y aplicaciones de interés para las empresas y en especial para la generación de productos para la transformación a la Industria 4.0, a Internet del Fututo o Soluciones para la vida independiente.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las PYMES que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León.

Podrán ser beneficiarias exclusivamente las PYMES pertenecientes al sector TIC de Castilla y León.

En consecuencia, podrán ser beneficiarias, las empresas cuya actividad económica en fecha anterior a la publicación en el BOCYL de la presente convocatoria, se corresponda con alguno de los siguientes códigos CNAE-2009: 2611: Fabricación de componentes electrónicos. 2612: Fabricación de circuitos impresos ensamblados. 2620: Fabricación de ordenadores y equipos periféricos. 2630: Fabricación de equipos de telecomunicaciones. 2640: Fabricación de productos electrónicos de consumo. 2680: Fabricación de soportes magnéticos y ópticos. 4651: Comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos. 4652: Comercio al por mayor de equipos electrónicos y de telecomunicaciones y sus componentes 5821: Edición de videojuegos. 5829: Edición de otros programas informáticos. 6110: Telecomunicaciones por cable. 6120: Telecomunicaciones inalámbricas. 6130: Telecomunicaciones por satélite. 6190: Otras actividades de telecomunicaciones. 6201: Actividades de programación informática. 6202: Actividades de consultoría informática. 6203: Gestión de recursos informáticos. 6209: Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática. 6311: Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas. 6312: Portales web. 9511: Reparación de ordenadores y equipos periféricos. 9512: Reparación de equipos de comunicación.

¿Cuáles son las obligaciones del beneficiario?

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar ante la ADE, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe la ADE, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes. Igualmente facilitar todas las actuaciones necesarias para el anterior fin, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) Comunicar a la ADE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la resolución de concesión y previo al pago de la subvención que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f) Acreditar mediante declaración responsable el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o de la exención de dicha obligación, o en su caso de la no sujeción a ella.

g) Colaborar con la ADE y demás Administraciones Públicas en las obligaciones derivadas de la utilización de fondos estructurales de la Unión Europea en las subvenciones cofinanciadas.

h) Disponer de los libros contables en los términos exigidos por la legislación mercantil aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos en las convocatorias de las subvenciones.

i) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

j) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las inversiones.

l) Los prototipos y proyectos piloto resultado de los proyectos subvencionados, no podrán ser objeto de comercialización o utilización industrial, lo cual se hace extensible a la comercialización de productos, subproductos y residuos obtenidos del proyecto de I+D. Además se deberá comunicar a la ADE, cualquier incidencia futura que afecte al prototipo/proyecto piloto como: desplazamientos, destrucción, generación de ingresos, o cualquier circunstancia que afecte de forma sustancial al mismo.

¿Qué proyectos resultan subvencionables y cuáles son sus requisitos?

Los proyectos podrán abarcar la creación de un nuevo producto o nuevas funcionalidades de productos existentes cuya ejecución lleve directamente asociado un avance científico o tecnológico. Podrán incluir pruebas experimentales y ensayos, pruebas de concepto y la elaboración de versiones beta, o demostradores previos al inicio de la explotación industrial y comercialización. Los proyectos también podrán incluir los componentes necesarios para la construcción de prototipos (que requieran de cualquiera de las partes físicas de un sistema informático: componentes eléctricos, electrónicos, electromecánicos y mecánicos).

¿Qué costes o gastos son subvencionables?

1. Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), conforme a la dedicación que exija su participación en el proyecto.

2.- Costes de Colaboraciones Externas: Investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad subvencionable

3. Costes de materias primas, suministros y productos similares, de naturaleza consumible, que se deriven directamente de la actividad de desarrollo.

¿Cuál es la clase y la cuantía de las subvenciones?

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje de los costes del proyecto de I+D.

Las Subvenciones se tramitarán y resolverán en concurrencia no competitiva, atendiendo a su orden de presentación y teniendo en cuenta las disponibilidades económicas fijadas por el Límite establecido por la Junta de Castilla y León para esta convocatoria.

El porcentaje de subvención que le corresponderá a un proyecto se determinará como sigue:

a) Con carácter general, un 25% para todos los proyectos subvencionables.

b) Un 10% adicional para todos los proyectos subvencionables de empresas que no hayan tenido ayudas de la ADE para I+D en los últimos cuatro años anteriores a la presentación de la solicitud de la ayuda.

c) Un 10 % para todos los proyectos subvencionables en los que participen de manera significativa Centros Tecnológicos, Universidades y/o Organismos de Investigación Públicos o privados de Castilla y León con experiencia demostrada en I+D+i.

d) Hasta un 10% adicional de forma proporcional a la puntuación obtenida como resultado de la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la disposición específica octava.

¿Cuál es el procedimiento para presentar las solicitudes?

La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento. La solicitud, acompañada de la documentación, se presentará telemáticamente según el modelo previsto en el formulario que podrá obtenerse en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es mediante firma electrónica avanzada en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León. El certificado electrónico deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias. Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas mediante resolución expresa del Presidente de la ADE.

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