En el BOCYL de 14 de julio
de 2.016 se ha publicado la convocatoria en concurrencia no competitiva para la
concesión de subvenciones destinadas a
financiar proyectos de transferencia de conocimiento de organismos de
investigación a PYMES, así como las disposiciones específicas que la
regulan, dentro del ámbito territorial de Castilla y León cofinanciadas con
FEDER.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
La concesión de subvenciones con destino a facilitar la
financiación de los proyectos de transferencia de conocimiento de Organismos
de Investigación a empresas con centros de trabajo en Castilla y León.
La convocatoria será de
aplicación a los proyectos que estén incluidos en las prioridades temáticas
y/o los ámbitos de aplicación, definidos en la Estrategia Regional de
Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de
Castilla y León 2014-2020, disponibles en la página Web de la Junta de
Castilla y León http://www.cienciaytecnologia.jcyl.es/, y en el Anexo I de la
convocatoria.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Las PYMES que tengan al
menos un centro de trabajo productivo en
Castilla y León.
Quedan excluidas las pymes que
hayan obtenido dos o más ayudas de la ADE para la realización de proyectos de
I+D+i (en forma de subvención o de préstamo), desde el año 2011 hasta la fecha
de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes que se indique
en la convocatoria. Esta exclusión se refiere a la realización propia de
proyectos de I+D+I por la empresa, no a su participación como colaborador
externo en un proyecto de otra empresa. También están excluidas las pymes
que tengan suscrito en el momento de solicitar la subvención un acuerdo de
colaboración con el mismo centro de investigación que efectuará la
transferencia de conocimiento objeto de la solicitud.
a) Cumplir el objetivo,
ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que
fundamenta la concesión de las subvenciones.
b) Justificar ante la
ADE, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la
realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que
determinen la concesión de la subvención.
c) Someterse a las
actuaciones de comprobación que efectúe la ADE, así como cualesquiera otras
de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control
competentes. Igualmente facilitar todas las actuaciones necesarias para el
anterior fin, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de
las actuaciones anteriores.
d) Comunicar a la ADE la
obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las
actividades subvencionadas.
e) Acreditar con
anterioridad a dictarse la resolución de concesión y previo al pago de la
subvención que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Acreditar mediante
declaración responsable el cumplimiento de la normativa sobre integración
laboral de personas con discapacidad, o de la exención de dicha obligación,
o en su caso de la no sujeción a ella.
g) Colaborar con la ADE y
demás Administraciones Públicas en las obligaciones derivadas de la utilización
de fondos estructurales de la Unión Europea en las subvenciones
cofinanciadas.
h) Disponer de los libros
contables en los términos exigidos por la legislación mercantil aplicable
al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros
específicos sean exigidos en las convocatorias de las subvenciones.
i) Conservar los
documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las
actuaciones de comprobación y control.
j) Dar la adecuada
publicidad del carácter público de la financiación de las inversiones.
¿Qué proyectos
resultan subvencionables y cuáles son sus requisitos?
Se podrán considerar proyectos subvencionables la
contratación por parte de la empresa de servicios de transferencia de
conocimiento a los siguientes Organismos de investigación, que actúen a modo de
proveedores cualificados:
a) Universidades públicas y
privadas con capacidad y experiencia demostrada en I+D+i.
b) Centros Tecnológicos de
Castilla y León, Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de apoyo a la
innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de
Centros Tecnológicos de Castilla y León (Ley 5/1992 de 18 de diciembre), o en
el Registro de Centros Estatal (Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre).
c) Otros Centros sin ánimo
de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad del
centro.
Los
servicios de transferencia de conocimiento subvencionables, consistirán en la
contratación de un proveedor cualificado (de los identificados) para servicios o actividades cuyo objetivo
sea la valorización de la investigación y de la tecnología, tales como:
a) La adquisición de
derechos reales (cesión y licencia) sobre patentes y modelos de utilidad.
Con independencia de su coste, este servicio tendrá una ayuda máxima de 10.000
€ por servicio.
b) Proyectos piloto de
carácter tecnológico o acciones innovadoras de efecto demostración, que
permitan a la empresa el diseño y/o mejora de sus productos y/o procesos, mediante
la incorporación de nuevos conocimientos o tecnologías. Las actuaciones
subvencionables serán ensayos, test, informes de viabilidad aplicados al
proceso o producto, y demás servicios tecnológicos necesarios para la adecuada
realización de los proyectos Con independencia de su coste, este servicio
tendrá una ayuda máxima de 10.000 € por servicio.
c) Proyectos destinados a
la obtención de prototipos que supongan la valorización o transferencia de los
resultados de investigación generada por equipos de investigación de los
proveedores. Este tipo de proyectos subvencionables deben corresponder a la
fase de prueba de concepto según la escala de madurez tecnológica y
comprenderán actividades estructuradas de carácter demostrativo que permitan la
consecución de una prueba de concepto en forma de prototipo, planta piloto,
prueba preindustrial o ensayo preclínico, entre otros, y que posibiliten
reducir las incertidumbres sobre la viabilidad técnica y comercial de la
tecnología en desarrollo Con independencia de su coste, este servicio tendrá
una ayuda máxima de 20.000 € por servicio.
Para
que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los
siguientes requisitos:
- Que el proyecto sea
viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y
medioambiental.
- Que el proyecto sea
completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya
totalmente suficiente para su aplicación.
- Que el proyecto esté incluido
dentro de las prioridades temáticas y los ámbitos de actuación definidos en la
Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización
Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020.
- Que los beneficiarios
cumplan lo establecido en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se
regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración
laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de
valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de
la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
No
serán subvencionables aquellos proyectos cuyo inicio se haya
producido con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
¿Qué costes o
gastos son subvencionables?
Los
gastos de contratación de los servicios de transferencia de conocimiento,
con los límites máximos de subvención por servicio contratado establecidos. En
todo caso, los gastos subvencionables deben estar ligados de manera
específica e inequívoca al servicio que se contrate.
¿Cuál es la clase
y la cuantía de las subvenciones?
La
ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que
se determinará como un porcentaje fijo del 40% sobre el coste subvencionable,
con el límite máximo para cada tipo de servicio de transferencia de
conocimiento establecido en la convocatoria, y en todo caso, con un límite
máximo de dos servicios de esta tipología por empresa y año.
¿Cuál es el
procedimiento para presentar las solicitudes?
La
tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del
procedimiento. La solicitud, acompañada de la documentación, se presentará
telemáticamente según el modelo previsto en el formulario que podrá
obtenerse en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de Castilla
y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es mediante firma electrónica
avanzada en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León. El
certificado electrónico deberá corresponder al solicitante de la ayuda.
El
plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente
de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de
Castilla y León” y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que
la sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a
las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias. Las
solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas mediante
resolución expresa del Presidente de la ADE.
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