En el BOCYL de 14 de julio
de 2.016 se ha publicado la convocatoria en concurrencia no competitiva para la
concesión de subvenciones para la
realización de proyectos de I+D de las PYMES, así como las disposiciones
específicas que la regulan, dentro del ámbito de la Comunidad de Castilla y
León, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
La concesión de subvenciones
con destino a facilitar la financiación de los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental para la
creación o mejora, desde el punto de vista tecnológico, de procesos productivos
y/o productos concretos, realizados por empresas en centros de trabajo de
Castilla y León.
Se
exceptúan en esta convocatoria los proyectos realizados por las
empresas del sector TIC, que contarán con una convocatoria específica, salvo que formen parte de un proyecto
en colaboración con otra empresa que no pertenezca al sector TIC.
Esta convocatoria será de
aplicación a los proyectos que estén incluidos en las prioridades temáticas
y/o los ámbitos de aplicación, definidos en la Estrategia Regional de Investigación
e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León
2014-2020, disponibles en la página Web de la Junta de Castilla y León
http://www.cienciaytecnologia.jcyl.es/, y en el Anexo I de la convocatoria.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Las
PYMES que tengan al menos un centro de trabajo productivo en
Castilla y León.
a) Cumplir el objetivo,
ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que
fundamenta la concesión de las subvenciones.
b) Justificar ante la ADE
el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización
de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la
concesión de la subvención.
c) Someterse a las
actuaciones de comprobación que efectúe la ADE, así como cualesquiera otras
de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control
competentes. Igualmente facilitar todas las actuaciones necesarias para el
anterior fin, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de
las actuaciones anteriores.
d) Comunicar a la ADE la
obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las
actividades subvencionadas.
e) Acreditar con
anterioridad a dictarse la resolución de concesión y previo al pago de la
subvención que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Acreditar mediante
declaración responsable el cumplimiento de la normativa sobre integración
laboral de personas con discapacidad, o de la exención de dicha obligación,
o en su caso de la no sujeción a ella.
g) Colaborar con la ADE y
demás Administraciones Públicas en las obligaciones derivadas de la utilización
de fondos estructurales de la Unión Europea en las subvenciones
cofinanciadas.
h) Disponer de los libros
contables en los términos exigidos por la legislación mercantil aplicable
al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros
específicos sean exigidos en las convocatorias de las subvenciones.
i) Conservar los
documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las
actuaciones de comprobación y control.
j) Dar la adecuada
publicidad del carácter público de la financiación de las inversiones.
k) Los prototipos y
proyectos piloto resultado de los proyectos subvencionados, no podrán ser
objeto de comercialización o utilización industrial, lo cual se hace
extensible a la comercialización de productos, subproductos y residuos
obtenidos del proyecto de I+D. Además se deberá comunicar a la ADE, cualquier
incidencia futura que afecte al prototipo/proyecto piloto como:
desplazamientos, destrucción, generación de ingresos, o cualquier circunstancia
que afecte de forma sustancial al mismo.
¿Cuáles son los sectores subvencionables?
Todos los sectores que
puedan ser incluidos en las prioridades temáticas y los ámbitos definidos en la
Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización
Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020,
disponibles en la página Web de la Junta de Castilla y León
http://www.cienciaytecnologia.jcyl.es/ y en el Anexo I de esta convocatoria, a
excepción del sector TIC, que contará con su convocatoria específica.
En consecuencia, se excluyen de esta convocatoria las
empresas cuya actividad económica en fecha anterior a la publicación en el
BOCYL, se corresponda con alguno de los siguientes códigos CNAE-2009: 2611:
Fabricación de componentes electrónicos. 2612: Fabricación de circuitos
impresos ensamblados. 2620: Fabricación de ordenadores y equipos periféricos.
2630: Fabricación de equipos de telecomunicaciones. 2640: Fabricación de
productos electrónicos de consumo. 2680: Fabricación de soportes magnéticos y
ópticos. 4651: Comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y
programas informáticos. 4652: Comercio al por mayor de equipos electrónicos y
de telecomunicaciones y sus componentes. 5821: Edición de videojuegos. 5829:
Edición de otros programas informáticos. 6110: Telecomunicaciones por cable.
6120: Telecomunicaciones inalámbricas. 6130: Telecomunicaciones por satélite.
6190: Otras actividades de telecomunicaciones. 6201: Actividades de
programación informática. 6202: Actividades de consultoría informática. 6203:
Gestión de recursos informáticos. 6209: Otros servicios relacionados con las
tecnologías de la información y la informática. 6311: Proceso de datos, hosting
y actividades relacionadas. 6312: Portales web. 9511: Reparación de ordenadores
y equipos periféricos. 9512: Reparación de equipos de comunicación.
¿Qué proyectos
resultan subvencionables y cuáles son sus requisitos?
Serán
subvencionables los proyectos de investigación industrial y desarrollo
experimental, cuyo presupuesto subvencionable sea:
a) para los proyectos de
I+D individuales: superior a 20.000 € e inferior a 175.000 €.
b) para los proyectos de
I+D en colaboración: Presupuesto máximo total del proyecto de 500.000 €,
siendo el presupuesto por empresa superior a 20.000 € e inferior a 175.000 €.
Los proyectos podrán abarcar
la creación de un nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y
ensayos necesarios para su concreción, pruebas de concepto y la elaboración de
prototipos previos al inicio de la explotación industrial y a la
comercialización.
Para
que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los
siguientes requisitos:
- Que el proyecto sea
viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y
medioambiental.
- Que el proyecto sea
completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya
totalmente suficiente para su aplicación.
- Que el proyecto esté
incluido dentro de las prioridades temáticas y los ámbitos de actuación
definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una
Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, recogidos
en el Anexo I de esta convocatoria.
- Que los beneficiarios
cumplan lo establecido en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se
regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración
laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios
de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas
de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
No
serán subvencionables aquellos proyectos cuyo inicio se haya
producido con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
¿Qué costes o
gastos son subvencionables?
1.- Gastos de personal
(investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), conforme a la dedicación
que exija su participación en el proyecto.
2.- Costes de
Colaboraciones Externas: Investigación contractual, conocimientos técnicos
y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de
mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de
plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de
consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la
actividad subvencionable.
3.- Costes de materias
primas, suministros y productos similares, de naturaleza consumible, que se
deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo.
¿Cuál es el
procedimiento para presentar las solicitudes?
La
tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del
procedimiento. La solicitud, acompañada de la documentación, se presentará
telemáticamente según el modelo previsto en el formulario que podrá
obtenerse en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de Castilla
y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es mediante firma electrónica
avanzada en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León. El
certificado electrónico deberá corresponder al solicitante de la ayuda.
El
plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente
de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de
Castilla y León” y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que
la sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a
las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias. Las
solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas mediante
resolución expresa del Presidente de la ADE.
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