lunes, 22 de agosto de 2016

SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE I+D DE LAS PYMES

En el BOCYL de 14 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria en concurrencia no competitiva para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de I+D de las PYMES, así como las disposiciones específicas que la regulan, dentro del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones con destino a facilitar la financiación de los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental para la creación o mejora, desde el punto de vista tecnológico, de procesos productivos y/o productos concretos, realizados por empresas en centros de trabajo de Castilla y León.

Se exceptúan en esta convocatoria los proyectos realizados por las empresas del sector TIC, que contarán con una convocatoria específica, salvo que formen parte de un proyecto en colaboración con otra empresa que no pertenezca al sector TIC.

Esta convocatoria será de aplicación a los proyectos que estén incluidos en las prioridades temáticas y/o los ámbitos de aplicación, definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, disponibles en la página Web de la Junta de Castilla y León http://www.cienciaytecnologia.jcyl.es/, y en el Anexo I de la convocatoria.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las PYMES que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León.

¿Cuáles son las obligaciones del beneficiario?

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar ante la ADE el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe la ADE, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes. Igualmente facilitar todas las actuaciones necesarias para el anterior fin, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) Comunicar a la ADE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la resolución de concesión y previo al pago de la subvención que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f) Acreditar mediante declaración responsable el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o de la exención de dicha obligación, o en su caso de la no sujeción a ella.

g) Colaborar con la ADE y demás Administraciones Públicas en las obligaciones derivadas de la utilización de fondos estructurales de la Unión Europea en las subvenciones cofinanciadas.

h) Disponer de los libros contables en los términos exigidos por la legislación mercantil aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos en las convocatorias de las subvenciones.

i) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

j) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las inversiones.

k) Los prototipos y proyectos piloto resultado de los proyectos subvencionados, no podrán ser objeto de comercialización o utilización industrial, lo cual se hace extensible a la comercialización de productos, subproductos y residuos obtenidos del proyecto de I+D. Además se deberá comunicar a la ADE, cualquier incidencia futura que afecte al prototipo/proyecto piloto como: desplazamientos, destrucción, generación de ingresos, o cualquier circunstancia que afecte de forma sustancial al mismo.

¿Cuáles son los sectores subvencionables?

Todos los sectores que puedan ser incluidos en las prioridades temáticas y los ámbitos definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, disponibles en la página Web de la Junta de Castilla y León http://www.cienciaytecnologia.jcyl.es/ y en el Anexo I de esta convocatoria, a excepción del sector TIC, que contará con su convocatoria específica.

En consecuencia, se excluyen de esta convocatoria las empresas cuya actividad económica en fecha anterior a la publicación en el BOCYL, se corresponda con alguno de los siguientes códigos CNAE-2009: 2611: Fabricación de componentes electrónicos. 2612: Fabricación de circuitos impresos ensamblados. 2620: Fabricación de ordenadores y equipos periféricos. 2630: Fabricación de equipos de telecomunicaciones. 2640: Fabricación de productos electrónicos de consumo. 2680: Fabricación de soportes magnéticos y ópticos. 4651: Comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos. 4652: Comercio al por mayor de equipos electrónicos y de telecomunicaciones y sus componentes. 5821: Edición de videojuegos. 5829: Edición de otros programas informáticos. 6110: Telecomunicaciones por cable. 6120: Telecomunicaciones inalámbricas. 6130: Telecomunicaciones por satélite. 6190: Otras actividades de telecomunicaciones. 6201: Actividades de programación informática. 6202: Actividades de consultoría informática. 6203: Gestión de recursos informáticos. 6209: Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática. 6311: Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas. 6312: Portales web. 9511: Reparación de ordenadores y equipos periféricos. 9512: Reparación de equipos de comunicación.

¿Qué proyectos resultan subvencionables y cuáles son sus requisitos?

Serán subvencionables los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, cuyo presupuesto subvencionable sea:

a) para los proyectos de I+D individuales: superior a 20.000 € e inferior a 175.000 €.

b) para los proyectos de I+D en colaboración: Presupuesto máximo total del proyecto de 500.000 €, siendo el presupuesto por empresa superior a 20.000 € e inferior a 175.000 €.

Los proyectos podrán abarcar la creación de un nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción, pruebas de concepto y la elaboración de prototipos previos al inicio de la explotación industrial y a la comercialización.

Para que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:

- Que el proyecto sea viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.

- Que el proyecto sea completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.

- Que el proyecto esté incluido dentro de las prioridades temáticas y los ámbitos de actuación definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, recogidos en el Anexo I de esta convocatoria.

- Que los beneficiarios cumplan lo establecido en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

No serán subvencionables aquellos proyectos cuyo inicio se haya producido con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Qué costes o gastos son subvencionables?

1.- Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), conforme a la dedicación que exija su participación en el proyecto.

2.- Costes de Colaboraciones Externas: Investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad subvencionable.

3.- Costes de materias primas, suministros y productos similares, de naturaleza consumible, que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo.

¿Cuál es el procedimiento para presentar las solicitudes?

La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento. La solicitud, acompañada de la documentación, se presentará telemáticamente según el modelo previsto en el formulario que podrá obtenerse en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es mediante firma electrónica avanzada en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León. El certificado electrónico deberá corresponder al solicitante de la ayuda.


El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias. Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas mediante resolución expresa del Presidente de la ADE.

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