viernes, 5 de agosto de 2016

SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE EXPANSIÓN INTERNACIONAL DE LAS PYMES

En el BOCYL de 29 de junio de 2.016 se ha publicado la convocatoria para la concesión de las subvenciones destinadas a financiar proyectos de expansión internacional de las PYMES de la Comunidad de Castilla y León, así como las disposiciones específicas que la regulan, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones con destino a facilitar la financiación de los proyectos empresariales de expansión internacional de las PYMES de Castilla y León, tanto de manera individual como en cooperación, con el fin de mejorar su competitividad.

La convocatoria no será de aplicación a:

a) Las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura.


b) Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.


c) Las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas o cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.


d) Las actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros, es decir, las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.


e) Las condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las PYMES y autónomos con domicilio social o centro productivo en Castilla y León, individualmente o en cooperación, que realicen proyectos de promoción exterior dirigidos a la expansión internacional.

¿Qué sectores son subvencionables?
  
Serán admisibles todos los sectores, a excepción de los sectores de actividad encuadrados en la división o sección de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 siguientes:

- Sección K: Actividades financieras y de seguros, excepto la clase 64.19 (otra intermediación monetaria).
  
- Sección O: Administración Pública y Defensa; seguridad social obligatoria.
  
- Sección S: Otros servicios-División 94.
  
- Sección T: Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico; actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio.
  
- Sección U: Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales.

¿Qué proyectos son subvencionables y cuáles sus requisitos?
  
Se consideran proyectos subvencionables las acciones de promoción internacional, la participación en licitaciones públicas internacionales y los proyectos de implantación exterior, realizados por las empresas beneficiarias, tanto de forma individual como en cooperación, con el fin de impulsar la promoción exterior de la empresa y su presencia en mercados internacionales. Los proyectos subvencionables tendrán un presupuesto elegible mínimo de 2.000 euros.

Las subvenciones podrán ir destinadas a las actuaciones que tengan por objeto la internacionalización de las empresas o la promoción y comercialización de los productos y/o servicios de empresas de Castilla y León, favoreciendo la realización de acciones promocionales no incluidas en el Plan de Acciones de Promoción Comercial Internacional de la Junta de Castilla y León.

Son Acciones de promoción internacional las siguientes actuaciones:

1. Misiones comerciales: a) Misión directa: viajes de prospección exterior de personal que esté en plantilla de la empresa. b) Misión inversa: invitación a compradores o prescriptores de opinión extranjeros para que visiten a la empresa, excluyendo los viajes realizados por personal de una empresa extranjera filial de la empresa solicitante.

2. Participación en ferias y exposiciones internacionales.
  
3. Acciones promocionales en el exterior: a) Presentación de productos, degustaciones, catas, demostraciones técnicas, desfiles…. b) Presentaciones de la empresa en puntos de venta en un mercado exterior. 

4. Marketing Internacional: Las subvenciones podrán ir destinadas a las actuaciones que tengan por objeto la consolidación y promoción de marcas de las empresas de la región en mercados internacionales. a) Material de promoción realizado, al menos, en un idioma extranjero. b) Gastos de publicidad on-line en un idioma extranjero. c) Gastos de publicidad en medios extranjeros. d) Gastos de jornadas técnicas, eventos y congresos internacionales en mercados exteriores

5. Registro de marcas y productos en los países fuera de la Unión Europea.
   
Se podrán acoger a las subvenciones por la participación en licitaciones públicas internacionales las empresas que participen en licitaciones o concursos convocados por organismos públicos extranjeros con fondos que provengan de organismos multilaterales o fondos propios de los organismos convocantes.
  
Las implantaciones exteriores son las implantaciones productivas y/o comerciales en el exterior tales como establecimientos, filiales o sucursales en el extranjero destinados a ejecutar un nuevo proyecto de fabricación en el extranjero, bien por la vía de la puesta en marcha de nuevas instalaciones, bien por la vía de la toma de participación en empresas ya existentes y/o desde donde la empresa atiende comercialmente a uno o varios de sus mercados internacionales. Se apoyarán las implantaciones siempre que la participación de la empresa castellana y leonesa en el capital de la implantada sea mayoritaria. Se podrán apoyar también participaciones inferiores cuando se produzcan por imperativo legal del país de implantación, pero en este caso habrá que acreditarlo de manera veraz y oficial. Se apoyará una única implantación por convocatoria y no se apoyarán segundas implantaciones del mismo tipo en el mismo mercado. En este caso de implantaciones exteriores, la empresa beneficiaria estará obligada a mantener su actividad en Castilla y León durante al menos tres años a contar desde la finalización del proyecto.

¿Cuáles son los costes subvencionables?

Se considerarán costes o gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios, se realicen con posterioridad a la presentación de la solicitud y no sean financiados por otros organismos.

Respecto de la participación en licitaciones internacionales son costes subvencionables:


§ La compra de pliegos.


§ La traducción al idioma local de la documentación relacionada con la licitación.


§ Los gastos de legalización de documentos que se pudieran derivar de la compra de dichos pliegos.
  
¿Cuál es la cuantía de las subvenciones?

La subvención será a fondo perdido y su cuantía con carácter general será de un 40% sobre los costes subvencionables, con el límite máximo de 50.000 euros por empresa para el total de los proyectos aprobados con cargo a esta convocatoria.

No obstante, se podrá alcanzar hasta el 50% de subvención por aplicación de un porcentaje adicional a los proyectos que cumplan alguno de los criterios de valoración.

¿Cuál es la forma y el plazo de presentación de las solicitudes?

La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento.

La solicitud se presentará telemáticamente según el modelo previsto en el formulario que podrá obtenerse en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es mediante firma electrónica avanzada en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León. 


El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias. 

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