En el BOCYL de 29 de junio de 2.016 se ha
publicado la convocatoria para la
concesión de las subvenciones destinadas a financiar proyectos de expansión internacional de las PYMES de la Comunidad
de Castilla y León, así como las disposiciones específicas que la regulan,
cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
¿Cuál es el objeto de la
convocatoria?
La concesión de subvenciones con destino a
facilitar la financiación de los proyectos
empresariales de expansión internacional de las PYMES de Castilla y León,
tanto de manera individual como en cooperación, con el fin de mejorar su
competitividad.
La convocatoria no será de aplicación a:
a) Las empresas que operan en los sectores
de la pesca y la acuicultura.
b) Las empresas dedicadas a la producción
primaria de productos agrícolas.
c) Las empresas que operan en el sector de
la transformación y comercialización de productos agrícolas, cuando el
importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos
de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las
empresas interesadas o cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la
totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
d) Las actividades relacionadas con la
exportación a terceros países o Estados miembros, es decir, las ayudas directamente vinculadas a las
cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de
distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.
e) Las condicionadas a la utilización de
productos nacionales en lugar de importados.
¿Quiénes pueden ser
beneficiarios?
Las PYMES y autónomos con domicilio social
o centro productivo en Castilla y León, individualmente o en cooperación, que
realicen proyectos de promoción exterior dirigidos a la expansión
internacional.
¿Qué sectores son subvencionables?
Serán
admisibles todos los sectores, a
excepción de los sectores de actividad encuadrados en la división o sección
de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 siguientes:
-
Sección K: Actividades financieras y de seguros, excepto la clase 64.19 (otra
intermediación monetaria).
-
Sección O: Administración Pública y Defensa; seguridad social obligatoria.
-
Sección S: Otros servicios-División 94.
-
Sección T: Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico;
actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso
propio.
-
Sección U: Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales.
¿Qué proyectos son
subvencionables y cuáles sus requisitos?
Se
consideran proyectos subvencionables las acciones de promoción internacional,
la participación en licitaciones públicas internacionales y los
proyectos de implantación exterior, realizados por las empresas
beneficiarias, tanto de forma individual como en cooperación, con el fin de
impulsar la promoción exterior de la empresa y su presencia en mercados
internacionales. Los proyectos subvencionables tendrán un presupuesto elegible
mínimo de 2.000 euros.
Las subvenciones podrán ir destinadas a las
actuaciones que tengan por objeto la internacionalización de las empresas o la
promoción y comercialización de los productos y/o servicios de empresas de
Castilla y León,
favoreciendo la realización de acciones promocionales no incluidas en el Plan
de Acciones de Promoción Comercial Internacional de la Junta de Castilla y
León.
Son
Acciones de promoción internacional las siguientes actuaciones:
1. Misiones comerciales: a) Misión
directa: viajes de prospección exterior de personal que esté en plantilla de la
empresa. b) Misión inversa: invitación a compradores o prescriptores de opinión
extranjeros para que visiten a la empresa, excluyendo los viajes realizados por
personal de una empresa extranjera filial de la empresa solicitante.
2. Participación en ferias y exposiciones
internacionales.
3. Acciones promocionales en el exterior:
a) Presentación de productos, degustaciones, catas, demostraciones técnicas,
desfiles…. b) Presentaciones de la empresa en puntos de venta en un mercado
exterior.
4. Marketing Internacional: Las
subvenciones podrán ir destinadas a las actuaciones que tengan por objeto la
consolidación y promoción de marcas de las empresas de la región en mercados
internacionales. a) Material de promoción realizado, al menos, en un idioma
extranjero. b) Gastos de publicidad on-line en un idioma extranjero. c) Gastos
de publicidad en medios extranjeros. d) Gastos de jornadas técnicas, eventos y
congresos internacionales en mercados exteriores
5. Registro de marcas y productos en
los países fuera de la Unión Europea.
Se
podrán acoger a las subvenciones por la participación en licitaciones públicas
internacionales
las empresas que participen en licitaciones o concursos convocados por
organismos públicos extranjeros con fondos que provengan de organismos
multilaterales o fondos propios de los organismos convocantes.
Las implantaciones
exteriores son
las implantaciones productivas y/o comerciales en el exterior tales como
establecimientos, filiales o sucursales en el extranjero destinados a ejecutar
un nuevo proyecto de fabricación en el extranjero, bien por la vía de la
puesta en marcha de nuevas instalaciones, bien por la vía de la toma de
participación en empresas ya existentes y/o desde donde la empresa atiende
comercialmente a uno o varios de sus mercados internacionales. Se apoyarán las
implantaciones siempre que la participación de la empresa castellana y leonesa
en el capital de la implantada sea mayoritaria. Se podrán apoyar también
participaciones inferiores cuando se produzcan por imperativo legal del país de
implantación, pero en este caso habrá que acreditarlo de manera veraz y
oficial. Se apoyará una única implantación por convocatoria y no se apoyarán
segundas implantaciones del mismo tipo en el mismo mercado. En este caso de
implantaciones exteriores, la empresa beneficiaria estará obligada a mantener
su actividad en Castilla y León durante al menos tres años a contar desde la
finalización del proyecto.
¿Cuáles son los costes
subvencionables?
Se
considerarán costes o gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada
respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente
necesarios, se realicen con posterioridad a la presentación de la solicitud y
no sean financiados por otros organismos.
Respecto
de la participación en licitaciones internacionales son costes subvencionables:
§ La compra de pliegos.
§ La traducción al idioma local de
la documentación relacionada con la licitación.
§ Los gastos de legalización de
documentos que se pudieran derivar de la compra de dichos pliegos.
¿Cuál es la cuantía de las
subvenciones?
La subvención será a fondo perdido y su
cuantía con carácter general será de un 40% sobre los costes subvencionables,
con el límite máximo de 50.000 euros por empresa para el total de los proyectos
aprobados con cargo a esta convocatoria.
No obstante, se podrá alcanzar hasta el 50%
de subvención por aplicación de un porcentaje adicional a los proyectos que
cumplan alguno de los criterios de valoración.
¿Cuál es la forma y el plazo de
presentación de las solicitudes?
La
tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento.
La
solicitud se presentará telemáticamente según el modelo previsto en el formulario
que podrá obtenerse en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de
Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es mediante firma
electrónica avanzada en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León.
El
plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación
del extracto de esta Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y
finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la
publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a las obligaciones derivadas
conforme a las disponibilidades presupuestarias.
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