viernes, 10 de febrero de 2017

AYUDAS A LA DANZA, LA LÍRICA Y LA MÚSICA

En el BOE de 2 de febrero de 2.017 se ha publicado la convocatoria de ayudas a la danza, la lírica y la música correspondientes al año 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de las ayudas?

Fomentar la preservación del patrimonio coreográfico, lírico y musical español y su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación cultural entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos. Asimismo, impulsar la nueva creación coreográfica, lírica y musical española.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo. Personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.

¿Cuáles son las modalidades de ayuda y los requisitos para participar en cada una de ellas?

Las modalidades de ayuda son las enumeradas a continuación:

A. Ayudas a la danza.

A1. Programas de apoyo para giras por España.

A2. Programas de apoyo a compañías de danza para giras por el extranjero.

A3. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal para la realización de actividades de danza.

A4. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de danza.

A5. Programas de apoyo a espacios escénicos y musicales con programaciones coreográficas estables.

A6. Programas de apoyo a circuitos de danza organizados por redes de espacios escénicos y musicales, festivales y certámenes.

A7. Programas de ayudas complementarias a la comunicación en el ámbito de la danza con las Comunidades Autónomas insulares y las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla.

B. Ayudas a la lírica y la música.

B1. Programas de apoyo para giras por España.

B2. Programas de apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por el extranjero.

B3. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal, para la realización de actividades de lírica y música.

B4. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de lírica y música.

B5. Programas de apoyo a espacios escénicos y musicales y a entidades organizadoras de temporadas líricas.

B6. Programas de ayudas a encargos de composición vinculados a estreno.

B7. Programas de ayudas complementarias a la comunicación en el ámbito de la lírica y la música con las Comunidades Autónomas insulares y las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

La ayuda concedida no sobrepasará las siguientes cantidades: 15.000 € (en la modalidad B6), 30.000 € (en las modalidades A7 y B7), 70.000 € (en las modalidades A1.1y2, A2, B2), 100.000 € (en las modalidades A1.3, A3, A4, A5, B1.1,2y3, B3, B4, B5) y 120.000 € (en la modalidad A6).

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.


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