En el BOE de 11 de febrero
de 2017 se ha publicado la convocatoria
del Premio Nacional de Televisión
correspondiente al año 2017.
¿Cuál es el
objeto y finalidad de la convocatoria?
Recompensar
la meritoria labor del galardonado en el ámbito televisivo
español puesta de manifiesto a través de una obra emitida durante 2016, o,
dentro de la misma, a una contribución particular especialmente destacada por
su creatividad. En casos debidamente motivados, podrá asimismo ser concedido como
reconocimiento a una completa trayectoria profesional a lo largo del
tiempo.
Para la concesión del Premio
se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La calidad de la obra
o de las actividades reconocidas.
b) Su carácter innovador
o su contribución al desarrollo de nuevas formas de lenguaje televisivo.
c) Su significación como
aportación sobresaliente a la promoción o difusión de la cultura o a la
consolidación de la industria cultural española.
d) En su caso, la
relevancia de la trayectoria profesional.
Los Premios se otorgarán sobre la base de las
actividades realizadas por personas físicas o colectivos susceptibles de ser
considerados creadores, cualquiera que sea su personalidad jurídica.
¿Quiénes
pueden presentar las candidaturas al premio
Las candidaturas al Premio
Nacional de Televisión podrán ser presentadas por las entidades, centros,
instituciones o profesionales vinculados a la televisión mediante propuestas
razonadas dirigidas al Director General de Industrias Culturales y del Libro, o
por los miembros del Jurado durante la propia reunión convocada para el fallo.
¿Cuál es el
importe del premio?
La
dotación económica del Premio es de 30.000,00 euros.
La cuantía del premio, que
tendrá carácter único, no podrá dividirse.
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