lunes, 6 de febrero de 2017

PREMIO NACIONAL DE TELEVISIÓN

En el BOE de 11 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria del Premio Nacional de Televisión correspondiente al año 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

Recompensar la meritoria labor del galardonado en el ámbito televisivo español puesta de manifiesto a través de una obra emitida durante 2016, o, dentro de la misma, a una contribución particular especialmente destacada por su creatividad. En casos debidamente motivados, podrá asimismo ser concedido como reconocimiento a una completa trayectoria profesional a lo largo del tiempo.

Para la concesión del Premio se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) La calidad de la obra o de las actividades reconocidas.

b) Su carácter innovador o su contribución al desarrollo de nuevas formas de lenguaje televisivo.

c) Su significación como aportación sobresaliente a la promoción o difusión de la cultura o a la consolidación de la industria cultural española.

d) En su caso, la relevancia de la trayectoria profesional.

Los Premios se otorgarán sobre la base de las actividades realizadas por personas físicas o colectivos susceptibles de ser considerados creadores, cualquiera que sea su personalidad jurídica.


¿Quiénes pueden presentar las candidaturas al premio

Las candidaturas al Premio Nacional de Televisión podrán ser presentadas por las entidades, centros, instituciones o profesionales vinculados a la televisión mediante propuestas razonadas dirigidas al Director General de Industrias Culturales y del Libro, o por los miembros del Jurado durante la propia reunión convocada para el fallo.

¿Cuál es el importe del premio?

La dotación económica del Premio es de 30.000,00 euros.

La cuantía del premio, que tendrá carácter único, no podrá dividirse.


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