En el BOE de 18 de
diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones para el Subprograma de Movilidad dentro del
Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad.
¿Cuál es el objeto
de la convocatoria?
Financiar
estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de
enseñanza superior e investigación. El n.º de ayudas
previstas es 400 estancias de la Modalidad A y 260 de la Modalidad B.
Las
estancias tendrán una duración mínima de tres meses y
máxima de seis meses, improrrogables y en un único período.
La estancia ha de solicitarse para un solo centro
de destino, que será el centro receptor.
Los solicitantes de
estancias para EE.UU., podrán presentar la solicitud dentro del programa general
o del programa Fulbright.
Los
profesores/investigadores podrán solicitar realizar la
estancia entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de septiembre de 2019. Los
solicitantes que opten por presentar la solicitud al Programa Fulbright deberán
solicitar una fecha de inicio posterior al 1 de noviembre de 2018, para cumplir
con los requisitos necesarios para obtener el reconocimiento oficial como
beneficiario Fulbright y recibir el visado correspondiente bajo el patrocinio
del gobierno estadounidense.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Profesores
e investigadores con vinculación funcionarial o contractual docente o
investigadora, con dedicación a tiempo completo y en servicio activo,
con cualquiera de los centros de adscripción que figuran en el artículo 9 de la
resolución de convocatoria. Se requiere una vinculación de funcionario de
carrera o indefinida para la Modalidad A y de funcionario interino o
contractual, como mínimo hasta la fecha de finalización de la estancia, en caso
de la Modalidad B.
Se
ha de estar en posesión del título de doctor y haber obtenido
el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2007, en caso de Modalidad
A, y con posterioridad, en caso de la Modalidad B.
Otros
requisitos:
No haber realizado
estancias en el extranjero, por un período acumulado superior a 6 meses,
durante los últimos cuatro años anteriores a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso el país de
destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario,
salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber
transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de
adscripción.
¿Cuál es la cuantía
de las subvenciones?
Las
subvenciones incluirán, en función del país de destino:
a) Una dotación mensual
en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100 euros al
mes, o la parte proporcional por los días que correspondan si en el mes de
inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes.
Esta dotación será compatible con la percepción de las retribuciones que le
correspondan en el centro de adscripción.
b) Una dotación para
gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €.
c) Una dotación para
gastos de instalación hasta un máximo de 2.500 €.
Todos los beneficiarios de
las subvenciones estarán cubiertos por un seguro de accidentes durante el
período de la estancia. En cuanto a la asistencia sanitaria,
sólo en los casos que se especifican en la resolución de convocatoria. Ni el
seguro de asistencia sanitaria, en su caso, ni el de accidentes será extensible
a los familiares.
¿Cuál es el plazo
de presentación de solicitudes?
El plazo de presentación
de solicitudes será desde el 10 de enero
de 2018 hasta las 14 horas del 30 de enero de 2018 (hora peninsular).
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