En el BOE de 2 de enero de
2018 se ha publicado la convocatoria de subvenciones
para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola
y sus productos dentro del Programa Nacional de Medidas de Ayuda a la
Apicultura.
¿Cuál es la finalidad
de la convocatoria?
Mejorar
las condiciones generales de producción y comercialización de los productos
apícolas, a través de la financiación de proyectos de
investigación aplicada en el sector apícola y sus productos, en desarrollo
de las medidas de cooperación con organismos especializados para la creación de
programas de investigación aplicada en el sector apícola, que establece el
Reglamento único para la OCM, dentro de los programas nacionales para el sector
de la apicultura.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Las Cooperativas agrarias
constituidas de acuerdo con la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, o
con la normativa autonómica en materia de cooperativas.
Las Sociedades agrarias de
transformación constituidas de acuerdo con el Real Decreto
1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las
Sociedades Agrarias de Transformación.
Las Entidades Asociativas
Prioritarias, reconocidas según lo establecido en el Real
Decreto 550/2014, de 27 de junio, por el que se desarrollan los requisitos y el
procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias
y para su inscripción y baja en el Registro Nacional de Entidades Asociativas
Prioritarias, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la
integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter
agroalimentario.
Las Agrupaciones de defensa
sanitaria reconocidas en el sector de la apicultura de acuerdo con
el Real Decreto 842/2011, de 17 de junio, por el que se establece la normativa
básica de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y se crea y regula el
Registro nacional de las mismas.
Las agrupaciones de
cualquiera de estas figuras, siempre y cuando todas ellas cumplan
los requisitos y obligaciones que se establecen en el artículo 11.3 de la Ley
General de subvenciones.
¿Cuál es el importe
de las ayudas?
La intensidad máxima de la
ayuda no superará la cantidad de 100.000 euros por proyecto subvencionable y
convocatoria, con la única excepción de que se aprobara
un único proyecto, en cuyo caso la cuantía de la ayuda podrá ascender a la
totalidad del presupuesto disponible para cada convocatoria (en este caso,
300.000 euros).
¿Cuál es el plazo
de presentación de solicitudes?
Las solicitudes se
presentarán en el plazo de 15 días hábiles contados desde el
día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
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