En el BOE de 30 de diciembre
de 2017 se ha publicado la convocatoria para
la concesión de subvenciones dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes
de más de dieciocho años y menores de treinta años, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los
sistemas de educación o formación reglada que puedan iniciar un proyecto
emprendedor y generar autoempleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil.
¿Cuál es el objeto
de la convocatoria?
La concesión de subvenciones
en concepto de ayudas es que las
personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o
formación, de más de dieciocho años y menores de treinta años, puedan iniciar un proyecto emprendedor y
generar autoempleo.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios de la convocatoria?
Los
jóvenes de más de dieciocho años y menores de treinta años,
con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los
sistemas de educación o formación reglada que puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo, con
residencia en la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan los requisitos
y condiciones establecidos, en el marco del Programa Operativo de Empleo
Juvenil.
¿Cuál es la cuantía
de la subvención?
La
cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece
en TRES MIL EUROS (3.000,00 €) por beneficiario o beneficiaria
para la cobertura de la actividad económica realizada en los 6 meses siguientes
desde el inicio formal de la actividad de emprendimiento. Esta cantidad no
podrá superar el 75 % del importe de los gastos subvencionables.
A estos efectos no se
considerarán subvencionables:
Gastos financieros.
Cotizaciones a la Seguridad
Social.
El Impuesto sobre el Valor
Añadido.
Obra civil, terrenos y
edificios.
Vehículos de transporte.
Gastos de comidas y
manutención, gastos de locomoción y viajes.
Costes indirectos,
entendidos como aquellos que, por su naturaleza, no pueden imputarse de forma
directa por no poder individualizarse.
En ningún caso el coste de
adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de
mercado.
¿Cuál es el plazo
de presentación de solicitudes?
El
plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a
contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria
en el BOE.
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