En el BOE de 28 de febrero
de 2015 se ha publicado la convocatoria de
subvenciones para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras.
¿Cuál es el objeto de la
convocatoria?
Subvenciones, para el año
2015, en régimen de concurrencia
competitiva, para el fomento de la
traducción a lenguas extranjeras de obras literarias o científicas publicadas
originariamente en español o en cualquiera de las lenguas cooficiales de las
comunidades autónomas.
La finalidad de estas subvenciones es promover la edición y
publicación en lenguas extranjeras de obras integrantes del patrimonio cultural
español.
Esta subvención es
compatible con otras ayudas de organismos o instituciones, públicos o privados,
nacionales o internacionales, para la misma actividad, siempre que el importe
de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones, no supere el coste de la traducción subvencionada.
¿Cuáles son los requisitos
para ser beneficiarios de la subvención?
Podrán
solicitar las subvenciones las entidades privadas del sector
editorial y entidades con labor editorial, ya sean personas físicas o
jurídicas, españolas o extranjeras, así como entidades públicas extranjeras,
siempre que estén legalmente constituidas y acrediten haber realizado una labor
ininterrumpida de 2 años, como mínimo, en la fecha de publicación de esta
convocatoria.
Como
excepción, se podrá solicitar la ayuda para obras que vayan a
ser coeditadas por varias editoriales. En la obra subvencionada tendrá que
constar claramente el sello editorial que ha solicitado y obtenido la ayuda,
sin perjuicio de que puedan aparecer otros.
Quedan
excluidas expresamente de las subvenciones las solicitudes
de los siguientes proyectos de traducción:
a) De obras que, a la
fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, no hayan sido
publicadas.
b) De obras que no hayan
sido originariamente escritas en español o en alguna lengua cooficial de las
Comunidades Autónomas.
c) De obras ya traducidas
y publicadas en los últimos tres años al mismo idioma y país solicitante.
d) De manuales y libros de
texto orientados a la enseñanza, así como guías turísticas y otras
publicaciones de cualquier temática que esté fuera del objeto de esta ayuda.
e) Proyectos en los que
editor y traductor sean la misma persona, o bien en los que autor y traductor
sean la misma persona.
f) Proyectos que presenten
contratos de traducción con personas jurídicas.
g) Proyectos presentados
por editoriales que no acrediten 2 años de actividad.
h) Proyectos presentados
por editoriales que no acrediten suficientemente su capacidad de distribución y
comercialización en el área lingüística que se propone.
Una
misma entidad no podrá solicitar ayuda para más de cinco proyectos.
En el supuesto de que el mismo titular supere este límite se evaluarán las
primeras cinco solicitudes que haya presentado, según fecha, hora y número de
registro, considerándose excluidas las restantes.
¿Cómo, cuando y donde se presentan
las solicitudes?
El
plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado».
Las
solicitudes deberán dirigirse a la Directora General de
Política e Industrias Culturales y del Libro, pudiendo ser presentadas en el Registro del Ministerio Educación,
Cultura y Deporte, sito en la Plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como ante
las representaciones diplomáticas o consulares en el extranjero. También se podrán presentar en los
registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP-PAC).
A efectos de comprobación
de su presentación en plazo, las solicitudes remitidas a través de servicios de
mensajería privados o de servicios de correo extranjeros se considerarán
presentadas en la fecha que hayan tenido entrada en el registro de algún
organismo oficial.
Los interesados que lo
deseen, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través
de la sede electrónica del Ministerio
(https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/), en el apartado «trámites y
procedimientos».
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