En el BOE de
25 de marzo de 2015 se ha publicado la convocatoria
de subvenciones correspondientes a 2015 para el impulso de las redes de
"business angels".
El objeto de la
resolución es la convocatoria de ayudas
para el impulso de las redes de «business angels» correspondiente al
ejercicio 2015.
Las actuaciones
susceptibles de financiación en el marco de esta convocatoria serán aquellas dirigidas a favorecer la
creación de nuevas redes de «business angels», así como el desarrollo de las actividades de prestación
de servicios realizadas bien por nuevas redes o por ya existentes,
contribuyendo a la profesionalización y regularización de las actuaciones de
intermediación que realizan entre pequeñas y medianas empresas necesitadas de
capital para desarrollar proyectos de innovación y los «inversores de
proximidad» o «business angels» potencialmente interesados en la
financiación de dichos proyectos.
Las actuaciones susceptibles de financiación en el marco de esta
convocatoria serán:
a) Actuaciones
relacionadas con el funcionamiento general de las redes de «Business angels»
entendiendo por tal las actividades de prestación de los servicios de
información, difusión, intermediación, análisis de proyectos y aquellos
otros que resulten precisos para favorecer la aportación de recursos
financieros a proyectos empresariales innovadores.
b) Actuaciones
dirigidas a la creación y puesta en marcha de nuevas redes de «Business angels»,
entendiendo como tal las actividades relacionadas con la contratación de
personal especializado, creación de la estructura organizativa y captación de
inversores, entre otras.
Se podrán considerar como beneficiarias de las ayudas:
a) Las entidades con
participación mayoritaria de capital público autonómico, cuyo objeto social sea
la realización de las actividades específicas de una red de «business angels».
b) Las entidades
privadas con fin de lucro y con personalidad jurídica propia, cuyo objeto
social sea la realización de las actividades específicas de una red de
«business angels». También podrán serlo aquellas que, con un objeto
social más amplio, acrediten que, entre las diferentes actividades que
desarrollan, realizan las que resultan propias de una red de «business angels»
a fin de favorecer la aportación de recursos financieros a proyectos
emprendedores mediante la realización de las tareas de información,
difusión e intermediación que resultan precisas para tal fin.
c) Las entidades sin
ánimo de lucro, privadas, o públicas de carácter autonómico, y con personalidad
jurídica propia, cuyo objeto social sea la realización de las actividades
específicas de una red de «business angels». También podrán serlo aquellas que presten servicios de apoyo a las PYME
con el objeto de mejorar el tejido empresarial e impulsar su competitividad,
tales como asesoría, formación, apoyo a la creación de empresas, tutorización
del plan de negocio y asesoramiento en general al proyecto empresarial, entre otros.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un
mes contado a partir del día
siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta
resolución de convocatoria (A partir del 26 de marzo de 2015).
La
resolución surte efectos desde el día
26 de marzo de 2015.
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