martes, 30 de junio de 2015

SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS POR CUENTA PROPIA

En el BOCYL de 15 de junio de 2015 se ha publicado la  convocatoria de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2015 (Código Registro de Ayudas: ECL070).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Convocar para el año 2015 las subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué acciones son subvencionables?

Serán financiables las solicitudes de subvención de trabajadores que se establezcan por cuenta propia, cuya fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido entre el día 1 de noviembre de 2014 y el día 31 de agosto de 2015, siempre que no hayan solicitado subvención al amparo de la Resolución de 23 de octubre de 2014, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2014.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas que hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia, o se hayan incorporado como autónomos colaboradores, en el período que se establezca en la correspondiente convocatoria, siempre que:

a) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad que exija darse de alta en el RETA: estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en el RETA.

b) En el caso de solicitar la subvención para la realización de una actividad profesional que exija la colegiación en un Colegio Profesional: estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

c) Haberse dado de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional, antes de presentar la solicitud de subvención.

¿Cuál es el procedimiento de presentación de solicitudes?

La solicitud se cumplimentará según el modelo de formulario que podrá obtenerse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la página web de la Junta de Castilla y León (https://www.jcyl.es).

La presentación de las solicitudes podrá realizarse:

-     De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

-     En el registro de los servicios centrales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (calle Jacinto Benavente, 2 - Arroyo de la Encomienda, Valladolid), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

-     Ante una oficina de Correos, en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada, según lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se regula la prestación de los servicios postales.

Dada la naturaleza de la documentación a acompañar, se excluye la posibilidad de presentar las solicitudes por telefax.


El plazo de presentación de las solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el día 15 de septiembre de 2015.

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