jueves, 2 de julio de 2015

SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE POR CUENTA AJENA DE LOS JÓVENES INCLUIDOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL

En el BOCYL de 15 de junio de 2015 se ha publicado convocatoria de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León, para el año 2015 (Código REAY ECL075).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Convocar para el año 2015 las subvenciones cofinanciadas por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena de los jóvenes incluidos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué acciones son subvencionables?

Serán subvencionables los contratos indefinidos ordinarios formalizados con jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que se inicien entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de septiembre de 2015, ambos inclusive.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que formalicen contratos indefinidos ordinarios en centros de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarios de dichas contrataciones.

Las empresas o entidades solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en los códigos de cuenta de cotización de la provincia donde se vayan a prestar los servicios, en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.

Asimismo, el índice de temporalidad de las empresas o entidades solicitantes ha de ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.

El cumplimiento del índice de temporalidad no se exigirá a los solicitantes cuya plantilla sea inferior a 10 trabajadores en la fecha en que se inicia la contratación por la que se solicita la subvención.

¿Cuál es el procedimiento de presentación de solicitudes?

La solicitud se cumplimentará según el modelo de formulario que podrá obtenerse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

La presentación de las solicitudes podrá realizarse:

-     De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

-     En el registro de la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo de la provincia competente para su tramitación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

-     Ante una oficina de Correos, en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.

Dada la naturaleza de la documentación a acompañar, se excluye la posibilidad de presentar las solicitudes por telefax.

El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en que se haya iniciado la contratación:

a) Si la contratación se ha iniciado entre el día 1 de enero de 2015 y el día de publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León», ambos inclusive: dos meses computados desde el día siguiente a dicha publicación.

b) Si la contratación se inicia a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León»: dos meses desde la fecha de inicio de la contratación.


En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre la fecha de producción de efectos de esta Resolución de convocatoria y el 31 de octubre de 2015.

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