En el BOE de 22 de junio
de 2015 se ha publicado la convocatoria
de subvenciones para el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras correspondientes
a 2015.
La Orden IET/1203/2015 efectúa
para el año 2015 la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas
empresas mediante el apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras.
El plazo para
la presentación de solicitudes es de un mes a partir de
la fecha de la publicación de la convocatoria.
Las actuaciones y tipos de proyectos objeto de ayuda en la convocatoria serán todos
los establecidos en el artículo 6.1 de la Orden IET/1492/2014, esto es, la
puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de
las AEI «incipientes» mediante la financiación de parte de los costes del
personal y de los gastos de administración y funcionamiento; la
realización de estudios de viabilidad técnica, incluidos los de carácter
preparatorio para proyectos de investigación, desarrollo experimental e
innovación que permitan acceder a los programas comunitarios, estatales,
autonómicos y municipales de apoyo vigentes; el desarrollo de
actividades innovadoras; y el desarrollo de actividades de innovación
de producto y/o proceso en cooperación entre varios miembros
pertenecientes a una o a varias entidades inscritas en el Registro de
Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
Podrán
ser beneficiarios de estas ayudas:
a) Para las ayudas
relativas a la puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación
y gestión de las AEI incipientes mediante la financiación de parte de los
costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento, solo
serán elegibles las entidades registradas con carácter de «incipientes» en
el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.
b) Para el resto de las
actuaciones únicamente podrán ser beneficiarias aquellas entidades
inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del
Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Las ayudas no podrán
superar el importe máximo total de
ayuda de minimis, actualmente establecido en 200.000 euros.
El modelo de solicitud y cuestionario para la presentación de
solicitudes de ayuda será el que figura, a título informativo, en el anexo I de
la orden.
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