En el BOCYL de 5 de julio de
2.016 se ha publicado la ORDEN EDU/602/2016, de 27 de junio, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal
investigador, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
¿Cuál es el
objeto de las ayudas?
La contratación de personal investigador, mediante la modalidad de contrato predoctoral, en
las siguientes entidades colaboradoras:
a) Las universidades
públicas de Castilla y León.
b) Los organismos y
centros públicos de investigación con sede ubicada en Castilla y León.
c) Infraestructuras
científico-técnicas singulares situadas en Castilla y León.
d) Las universidades
privadas sin ánimo de lucro con sede en Castilla y León.
e) Las fundaciones de
ámbito sanitario con sede en Castilla y León que tengan dentro de los fines
y actividades de sus estatutos, la investigación, y realice su labor
investigadora a través de personal que mantenga una vinculación laboral
acreditable con la misma.
Las ayudas se destinarán a
la financiación de contratos
predoctorales. El personal investigador contratado deberá realizar
tareas de investigación, en el ámbito de un proyecto específico y novedoso, que
se formalizará en la modalidad de contrato predoctoral, con alguna de las
Entidades. Los trabajos de investigación deberán realizarse en centros,
institutos, instituciones, departamentos u otras unidades de investigación de
las Entidades, todos ellos con sede propia en Castilla y León.
La
duración de las ayudas, será como máximo de cuatro años, a
contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de la
convocatoria. En el caso de que el personal investigador hubiese estado
contratado previamente en la categoría «contrato predoctoral» dicho período
será descontado de la duración total de la ayuda.
La obtención del título de
doctor conllevará la finalización de la
ayuda el último día del mes en que se lea la tesis.
En ningún caso la concesión
de las ayudas conllevará relación contractual entre el personal investigador contratado
y la Comunidad de Castilla y León.
¿Cuál es la
cuantía de las ayudas?
La ayuda máxima para cada
uno de los contratos que se formalicen se determinará en las sucesivas
convocatoria, pero en ningún caso podrá ser inferior a quince mil euros
(15.000 €) ni superior a cuarenta mil euros (40.000 €) al año. Se abonará
la parte proporcional en los supuestos de renuncia y suplencia, cuando la
duración del contrato sea menor a un año.
Estas ayudas subvencionarán
los gastos que estos contratos generen, incluyendo los salarios y las cuotas de
la Seguridad Social.
La ayuda está sujeta a
tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que
deberá aplicarse el régimen de retenciones establecido en la normativa vigente.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Los titulados universitarios que en el momento de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar matriculado en
un programa de doctorado.
b) Contar en el expediente
académico con una nota media mínima que se establezca en la convocatoria
y que no podrá ser inferior a 6,5 puntos.
c) Contar con el compromiso,
por parte de alguna de las entidades mencionadas, de asumir el trabajo de
investigación para el que se ha solicitado la correspondiente ayuda y de
formalizar el correspondiente contrato predoctoral.
d) No estar en posesión
del título de doctor.
e) No haber sido
beneficiario, durante más de tres meses, de ayudas convocadas al amparo del
Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del
personal investigador en formación, o de otras convocatorias de ayudas para
financiar la contratación de personal investigador en la modalidad de contrato
predoctoral.
f) El trabajo de
investigación que presenta la persona candidata al contrato, deberá formar
parte de un proyecto de investigación en activo que esté siendo financiado,
o bien de un convenio o contrato de investigación en vigor, suscrito con
entidades públicas o empresas privadas; en todos los casos por un importe
mínimo de diez mil euros (10.000,00 €). La duración de este proyecto, convenio
o contrato será como mínimo hasta que finalice el plazo de presentación de
solicitudes. Igualmente en caso de financiación mediante ayuda pública será
necesario que hay recaído resolución definitiva de concesión de la misma,
independientemente del período de elegibilidad del gasto que para la misma se
haya establecido.
¿Cuál es el
procedimiento para solicitar estas ayudas?
Las
ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, previa convocatoria que será realizada
mediante la correspondiente orden de la consejería competente en materia de
investigación universitaria, cuyo extracto se publicará en el «Boletín Oficial
de Castilla y León». El texto de la orden de convocatoria también será objeto
de publicidad en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)
y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León
(http://www.educa.jcyl.es/universidad).
En la convocatoria se
establecerán los plazos para la
presentación de solicitudes, así como la documentación que debe acompañarse.
La presentación se realizará exclusivamente por vía electrónica, a
través de la sede electrónica de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es
y el Portal de Educación (https://www.educa.jcyl.es/universidad).
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