En el BOE de 24 de octubre
de 2017 se ha publicado la convocatoria de becas
de formación en materia de traducción jurídica.
¿Cuál es el objeto
y las condiciones de la convocatoria?
Las
becas tienen por objeto la formación teórico-práctica en tareas
relacionadas con la traducción jurídica vinculada a la actividad
jurisdiccional, institucional y gubernativa del Tribunal Constitucional.
Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal.
Se convocan dos becas, con una duración de doce meses.
Las becas podrán ser prorrogadas, si fuera conveniente para el programa de
formación y previa aceptación de los interesados, por un máximo de seis meses,
con arreglo a las disponibilidades presupuestarias.
Los becarios contarán con el
asesoramiento, orientación y dirección de los Letrados jefes de los Servicios
del Tribunal que determine el Secretario General, quien definirá las tareas a
realizar conforme al correspondiente plan de formación.
El
disfrute de estas becas no supondrá vinculación laboral o funcionarial
alguna entre el becario y el Tribunal Constitucional.
¿Cuál es la
dotación de la beca?
La dotación de cada beca
será de 1.100 euros brutos mensuales. El importe de la beca se
abonará al término de cada mes. El Tribunal Constitucional asegurará la
cobertura para el becario por el tiempo de duración de la beca, en los
términos previstos por la legislación vigente en materia de Seguridad Social.
¿Qué requisitos
debe cumplir el beneficiario?
Para
optar a estas becas se deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Estar en posesión del título
de Licenciado o Graduado en Derecho o título de otro país que acredite
formación académica equivalente.
b) Perfecto dominio de
las lenguas española e inglesa o francesa (lengua materna o nivel C2 del
Marco europeo de referencia para las lenguas).
c) Haber finalizado los
estudios para la obtención del título universitario con posterioridad al 1
de enero de 2012.
d) No padecer
deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales que impidan,
incluso con la ayuda de ajustes razonables de accesibilidad, la realización
efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter
público.
e) No hallarse incurso en
ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No haber sido
beneficiario de una beca en el Tribunal Constitucional con el mismo objeto de
las ahora convocadas. Se exceptúan aquellos supuestos en los que, por razones
no imputables al beneficiario, solo hubiera podido disfrutar de la beca por
tiempo inferior a seis meses.
Son
méritos preferentes:
a) Conocimiento de una segunda
lengua extranjera (francés o inglés).
b) Estar en posesión del
título de Licenciado o Graduado en Traducción e Interpretación o título de
otro país que acredite formación académica equivalente u ostentar la condición
de Traductor-Intérprete Jurado de inglés o francés.
c) Tener un buen
expediente académico.
d) Especialización en
traducción jurídica y experiencia en tareas relacionadas con el objeto de la
beca, desarrolladas en instituciones públicas, profesiones jurídicas u
organizaciones relacionadas con los derechos humanos, mediante relación
contractual, actividades de colaboración u otras similares. Se exceptúan a
estos efectos las prácticas curriculares conducentes a la obtención de un
título académico oficial.
¿Cuál es el
plazo de presentación de las solicitudes?
El plazo de presentación de
las instancias será de un mes desde el
día siguiente a la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del
Estado».
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