viernes, 1 de diciembre de 2017

PROGRAMA DE IMPULSO A LA CREACIÓN DE OFICINAS DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL

En el BOE de 20 de noviembre de 2017 se han publicado las bases reguladoras del Programa de impulso a la creación de oficinas de transformación digital.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

Ayudas para incentivar la creación y consolidación de Oficinas de Transformación Digital (OTDs) que faciliten el proceso de digitalización de la empresa española y el emprendimiento digital.

El objetivo es fortalecer el ecosistema de soporte a la pyme en materia TIC, ofreciendo servicios de difusión, como acciones de sensibilización y dinamización a la pyme en su proceso de transformación digital y servicios de apoyo, como la atención y resolución de consultas sobre las soluciones y metodologías para mejorar la gestión de las empresas en el uso de las TIC. Asimismo, la prestación de servicios de difusión y apoyo a emprendedores en el ámbito digital.


¿Cuáles con las características de las ayudas?

Los beneficiarios recibirán una ayuda económica para sufragar las actuaciones subvencionables de las Oficinas de Transformación Digital, durante un periodo de un año.

Se entiende por Oficina de Transformación Digital un centro de trabajo en el que se realizan labores de sensibilización y apoyo sobre las ventajas y metodologías para optimizar el funcionamiento de los autónomos y las PYMES, a través de la utilización de la tecnología digital, incorporando las TIC (Tecnologías de la información y las comunicaciones) en sus procesos.

Todas las acciones y servicios deberán estar enmarcados en el impulso del proceso de digitalización de las empresas usuarias de las actuaciones. No se subvencionarán acciones o servicios que no contribuyan a este objetivo.

Todas las actuaciones que tengan lugar en la OTD o sean organizadas por ésta (jornadas o seminarios) tendrán permiso de acceso libre. Se publicitará y dará a conocer la existencia de la OTD, así como las distintas actuaciones que por ella se desarrollen. Se deberá aceptar la solicitud de cualquier empresa usuaria para recibir los servicios de la OTD. Se aplicarán en todo caso para regular su utilización principios de publicidad e igualdad.
La OTD deberá llevar un registro de usuarios informatizado en el que se recogerán los datos identificativos de la empresa usuaria y de la persona atendida, así como de las actuaciones en las que haya participado.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Las solicitudes de ayuda deberán ir acompañadas de un Proyecto de Actuación en el que se incluirán las actuaciones subvencionables a realizar.

Las actuaciones subvencionables son:

a) Actuaciones de difusión:

Estas actuaciones deben consistir en la realización de acciones colectivas que permitan comunicar a un grupo de pymes usuarias las ventajas o metodologías necesarias para la implantación de soluciones tecnológicas y dar a conocer los programas de Red.es para el fomento del uso de las TIC. Asimismo, se contempla la realización de acciones colectivas orientadas al impulso del emprendimiento digital.

Pueden desarrollarse en forma de jornadas o seminarios, que se celebrarán en el espacio de la OTD, o en otros espacios especialmente acondicionados para este fin, con el objeto de difundir las ventajas de utilizar las tecnologías y fomentar su adopción de dichas por parte de las pymes usuarias. En este sentido, con el objetivo de acercar las actuaciones de las OTD al mayor número de pymes y emprendedores posible, se prevé la realización de actuaciones de sensibilización y dinamización fuera del espacio físico en el que se ubique la oficina.

Forma parte de la actuación la realización de materiales de soporte que contribuyan al objeto de la actuación.

b) Actuaciones de apoyo:

Estas actuaciones deben consistir en la prestación de un servicio de atención a pymes para resolver consultas sobre soluciones y/o metodologías para mejorar la gestión de la empresa mediante el uso de las TIC:

• Presencia en Internet, redes sociales y marketing on-line.
• Comercio electrónico.
• Relación con terceros (clientes, proveedores, socios, etc.).
• Gestión económica y de negocio.
• Digitalización de servicios y soluciones.
• Adaptación de sistemas al nuevo Reglamento General de Protección de Datos.
• Emprendimiento digital.

La OTD deberá tener un horario de atención presencial de, al menos, 8 horas diarias de lunes a viernes laborables. Adicionalmente puede prestarse también mediante otros canales, tales como teléfono, chat, correo electrónico, video conferencia, etc.

Forma parte de la actuación la realización de materiales de soporte que contribuyan al objeto de la actuación.

El solicitante deberá identificar, en su Proyecto de Actuación, el sector al que se va a dirigir, debiendo enmarcar las actuaciones de difusión exclusivamente en ese sector.
A efectos de este programa, los sectores de actividad seguirán la clasificación de Grupos CNAE:
Grupo B: Industrias extractivas.
Grupo C: Industria manufacturera.
Grupo D: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
Grupo E: Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.
Grupo F: Construcción.
Grupo G: Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas.
Grupo H: Transporte y almacenamiento.
Grupo I: Hostelería.
Grupo J: Información y comunicaciones.
Grupo K: Actividades financieras y de seguros.
Grupo L: Actividades inmobiliarias.
Grupo M: Actividades profesionales, científicas y técnicas.
Grupo N: Actividades administrativas y servicios auxiliares.
Grupo P: Educación.
Grupo Q: Actividades sanitarias y de servicios sociales.
Grupo R: Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
Grupo S: Otros servicios.

¿Qué requisitos deben cumplir los solicitantes?

Presentar en tiempo y forma una solicitud de ayuda, acompañada de la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente base. Tanto la solicitud como la documentación deberá estar firmada digitalmente por un representante autorizado con poder suficiente para actuar ante Red.es en nombre de la entidad solicitante.

Tener alguna de las siguientes condiciones:

• Asociaciones profesionales.

• Colegios Profesionales.

En el caso de las Asociaciones, estar legalmente constituida y dada de alta en la Oficina Pública o el Registro Correspondiente de asociaciones desde una fecha anterior al 1 de enero de 2016.

Tener su domicilio fiscal ubicado en España con el espacio físico ubicado en la Comunidad Autónoma en la que se vaya a prestar el servicio de la OTD.

Disponer, en el momento de la solicitud, de un espacio físico en el que se prestarán los servicios objeto del programa.


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