viernes, 6 de abril de 2018

RECONOCIMIENTO «¡LEO TIC!» A CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS

En el BOCYL de 8 de enero de 2018 se han publicado la convocatoria de la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2017/2018.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

La concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2017/2018.

Este reconocimiento tiene como finalidad incentivar el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través de las nuevas tecnologías en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Un centro distinguido con el reconocimiento «¡leo TIC!» es aquel que promueve la integración de las tecnologías de la información y de la comunicación (en adelante TIC) en la enseñanza de la lectura y la escritura, de modo que la apertura a las fuentes digitales se convierte en una herramienta de aprendizaje que impulsa la motivación de los estudiantes hacia la lectura.

¿Quiénes pueden ser destinatarios de la convocatoria?

Podrán ser destinatarios del reconocimiento «¡leo TIC!» los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los siguientes requisitos:

a) Disponer de un plan de lectura elaborado conforme a lo dispuesto en la Orden EDU/747/2014, de 22 de agosto, modificada por Orden EDU/351/2016, de 25 de abril, por la que se regula la elaboración y ejecución de los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

b) Disponer de la certificación en la aplicación de las TIC en los niveles 4 o 5.



¿Qué distinciones se otorgan?

Los centros docentes que reciban el reconocimiento «¡leo TIC!» obtendrán las siguientes distinciones:

a) Diploma acreditativo del reconocimiento obtenido.

b) Sello acreditativo que podrá incorporar a su página web o a los documentos oficiales del centro.

c) Sus miembros tendrán preferencia en la asistencia a las actividades formativas relacionadas con el fomento de la lectura que desarrolle la Consejería de Educación.

d) Podrán beneficiarse de las medidas tendentes a potenciar y mejorar las bibliotecas escolares promovidas por la Consejería de Educación.

¿Cuál es la forma y el plazo de presentación de las solicitudes?

La solicitud será cumplimentada conforme al Documento 1 disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

La solicitud irá dirigida al Consejero de Educación y se presentará por el director o directora del centro docente exclusivamente de forma electrónica para lo cual el solicitante deberá de disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por una entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas.


El plazo para la presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León y se extenderá hasta el 31 de enero de 2018, inclusive.

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