viernes, 22 de septiembre de 2017

ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO

En el BOE de 21 de septiembre de 2017 se ha aprobado la tercera convocatoria para la selección de estrategias de desarrollo urbano sostenible e integrado (DUSI) que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

En caso de que la solicitud no reúna los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que en el plazo máximo e improrrogable de diez días subsane las faltas detectadas o aporte los documentos preceptivos; si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su solicitud.

Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido no será admitida y, por tanto, no será valorada. Igualmente, no se valorará ninguna documentación que no haya sido incorporada a la aplicación informática, a no ser que sea requerida expresamente a la entidad por el organismo intermedio.

 
Se establece el plazo máximo de ejecución de las operaciones, así como de justificación de los pagos. Para esta tercera convocatoria, el periodo de ejecución material de las operaciones, así como de los pagos reales y efectivos realizados con cargo a las mismas, estará comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2023, y se fijará para cada estrategia DUSI en el momento de la concesión de la ayuda FEDER.

El plazo de justificación de las operaciones será de tres meses a partir de la finalización del plazo de ejecución fijado en el momento de selección de las mismas, con el límite para esta convocatoria del 31 de marzo de 2024.

Con fecha 31 de diciembre de 2021, los organismos intermedios de gestión comprobarán que las certificaciones introducidas en la aplicación habilitada al efecto, correspondan, al menos, al 30 % del gasto elegible aprobado, pudiendo, si así lo considera oportuno y previa audiencia de la entidad beneficiaria, reducir la ayuda inicialmente asignada en la cantidad correspondiente a la diferencia de gasto no ejecutado hasta el 30 %.


Tendrán la consideración de entidades solicitantes, los ayuntamientos o bien las entidades supramunicipales, preexistentes o de nueva constitución. Se considerarán decaídas las solicitudes de aquellas entidades locales cuyas estrategias DUSI hayan sido seleccionadas en la primera y segunda convocatoria.

viernes, 15 de septiembre de 2017

AYUDAS DIRIGIDAS A IMPULSAR EL CRECIMIENTO DE LA INDUSTRIA ESPAÑOLA EN EL MARCO DEL PROGRAMA CRECIMIENTO EMPRESARIAL

En el BOE de 2 de agosto de 2017 se han publicado las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de la industria española en el marco del programa Crecimiento Empresarial.

¿Cuál es la finalidad y el ámbito geográfico de las ayudas?

Impulsar el crecimiento de la industria española, a través de las empresas industriales con fabricación en España.

Las actividades objeto de ayuda podrán realizarse en la totalidad del territorio nacional.

Cada convocatoria de subvenciones regulará el ámbito geográfico de aplicación de la ayuda.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán tener la condición de empresas beneficiarias las pyme, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de tales, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta orden, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva siempre que su objeto social se refiera a actividades encuadradas en la sección c - divisiones 10 a 32 de la clasificación nacional de actividades económicas (cnae 2009), aprobada por real decreto 475/2007, de 13 de abril.

Serán consideradas pyme, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo i del reglamento (ue) n.º 651/2014 de la comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado.

Las empresas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos, además de lo que se disponga en cada convocatoria:

a) tener la condición de pyme.
b) dedicarse al desarrollo de actividades industriales.
c) tener dentro de su objeto social el desarrollo de actividades de las indicadas en las divisiones 10 a 32 inclusive del cnae-2009.
d) hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
e) hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social.

miércoles, 13 de septiembre de 2017

SUBVENCIONES A LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO, DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS

En el BOE de 2 de agosto de 2017 se han publicado las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal.

¿Cuál es el objeto de las subvenciones?

Contribuir a la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como a la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal, para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

lunes, 11 de septiembre de 2017

SUBVENCIONES A ACCIONES DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE ACCIÓN HUMANITARIA

En el BOE de 31 de julio de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones a acciones de cooperación para el desarrollo correspondientes al año 2017 para la realización de proyectos de acción humanitaria.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La financiación de proyectos en materia de acción humanitaria. Se pueden presentar solicitudes (adaptadas a los sectores priorizados en cada país) en estos países:

El Salvador, Guatemala, Honduras, Colombia, Haití, Afganistán, Filipinas, Jordania, Líbano, Libia, Myanmar, Palestina, Yemen, Ucrania, Burundi, Camerún, Chad, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Somalia, Sudán del Sur y Etiopía.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las Organizaciones no gubernamentales de desarrollo, que cumplan simultáneamente los siguientes dos requisitos:

viernes, 8 de septiembre de 2017

AYUDAS A LOS PROYECTOS CON PARTICIPACIÓN ESPAÑOLA SELECCIONADOS EN LA SÉPTIMA CONVOCATORIA DEL PROGRAMAEUROSTARS-2 (ACTUACIÓN INTEREMPRESAS INTERNACIONAL)

En el BOE de 1 de agosto de 2017 se ha publicado la  concesión directa de ayudas a los proyectos con participación española seleccionados en la séptima convocatoria del ProgramaEurostars-2 (actuación Interempresas Internacional).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Proyectos de investigación y desarrollo Eurostars-2 aprobados en la séptima convocatoria del Programa Eurostars-2 en los que participan entidades españolas.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones exclusivamente las empresas que desarrollen los proyectos de investigación y desarrollo aprobados por la Secretaría de Eureka en la séptima convocatoria del Programa Eurostars-2, reseñados en el artículo 2 de la resolución de convocatoria. Se excluyen los empresarios individuales y aquellos proyectos en los que las empresas españolas han aceptado acometer el proyecto con financiación alternativa o con autofinanciación.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes? 

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará el 5 de septiembre de 2017 y finalizará el 19 de septiembre de 2017, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

miércoles, 6 de septiembre de 2017

PREMIOS ESTRATEGIA NAOS. PREVENCIÓN DE LA OBESIDAD Y OTRAS ENFERMEDADES CRÓNICAS DERIVADAS

En el BOE de 24  de julio de 2017 se ha publicado la convocatoria de los Premios Estrategia NAOS, edición 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de los Premios en su edición del año 2017 en el marco de la Estrategia NAOS que, desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, pretende impulsar las iniciativas que entre sus objetivos básicos impulsen la prevención de la obesidad y otras enfermedades crónicas derivadas, a través de una alimentación saludable y la práctica regular de actividad física.

¿Cuáles son las modalidades de los premios?

Con el fin de abarcar los diferentes ámbitos en los que se desarrolla la Estrategia NAOS, se establecen ocho modalidades de premios. Siete de ellos se otorgarán a las iniciativas desarrolladas en estos ámbitos desde que se inició la Estrategia NAOS, en el año 2005. Existe una octava modalidad de especial reconocimiento a la trayectoria profesional.

1.- Premio Estrategia NAOS a la promoción de una alimentación saludable en el ámbito familiar y comunitario.

El premio Estrategia NAOS a la promoción de una alimentación saludable en el ámbito familiar y comunitario se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por su capacidad para inculcar hábitos alimentarios saludables en la población.

2.- Premio Estrategia NAOS a la promoción de la práctica de actividad física en el ámbito familiar y comunitario.

El premio Estrategia NAOS a la promoción de la práctica de actividad física en el ámbito familiar y comunitario se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por su capacidad para promover la práctica de actividad física en la población.
3.- Premio Estrategia NAOS a la promoción de una alimentación saludable en el ámbito escolar.

El premio Estrategia NAOS a la promoción de una alimentación saludable en el ámbito escolar se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por su capacidad para inculcar hábitos alimentarios saludables entre los escolares de los centros de enseñanza infantil, primaria y secundaria, tanto a través de actividades realizadas en el aula como extraescolares.

lunes, 4 de septiembre de 2017

SUBVENCIONES A EMPRESAS Y OTRAS ENTIDADES PARA PROYECTOS DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO

En el BOE de 15 de julio de 2017 se ha publicado el extracto de la de convocatoria de subvenciones a Acciones de Cooperación para el Desarrollo correspondientes al año 2017 para la realización de proyectos de innovación para el desarrollo.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La financiación de proyectos que impulsen, en los Países de Asociación de la Cooperación Española, soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala buscando un impacto positivo y relevante en las condiciones de vida de las personas más desfavorecidas y en la cohesión social. Los proyectos abordarán problemas sociales, económicos, medioambientales y de la agenda de desarrollo de forma integrada y con un enfoque innovador en términos de producto, servicio, proceso o estrategia, incluyendo siempre un componente tecnológico.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las subvenciones?

Con el objeto de promover el trabajo en red y en alianza, solamente podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria agrupaciones integradas por al menos dos personas jurídicas. No se considerarán las propuestas presentadas por una persona jurídica de forma individual.

Con el objeto de aprovechar las potencialidades de cada uno de los actores, las agrupaciones deberán estar integradas por personas jurídicas de al menos dos de las siguientes tres tipologías:

- Entidades del sector privado empresarial (empresas, empresas sociales, asociaciones y fundaciones empresariales y otros análogos).

-  Entidades del sector social (ONGD, fundaciones, asociaciones y otros análogos)

Entidades del ámbito académico y de la investigación (universidades, fundaciones universitarias, centros de investigación y otros análogos, tanto públicos como privados).

viernes, 1 de septiembre de 2017

AYUDAS DESTINADAS A NUEVOS PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS (PROGRAMA NEOTEC) DEL PROGRAMA ESTATAL DE LIDERAZGO EMPRESARIAL EN I+D+I

En el BOE de 17 de julio de 2017 se ha publicado el extracto de la de convocatoria para el año 2017 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

La tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.