lunes, 30 de octubre de 2017

AYUDAS A PROPIETARIOS Y PESCADORES DE BUQUES PESQUEROS ESPAÑOLES AFECTADOS POR LA PARALIZACIÓN DEFINITIVA DE SU ACTIVIDAD PESQUERA

En el BOE de 27 de octubre de 2017 se ha publicado la segunda convocatoria de ayudas a propietarios y pescadores de buques pesqueros españoles afectados por la paralización definitiva de su actividad pesquera cofinanciadas por el fondo europeo marítimo y de pesca.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las ayudas a los propietarios y pescadores de buques pesqueros sometidos a la paralización definitiva mediante desguace, para las modalidades y caladeros, que se relacionan a continuación y que estén incluidos en los segmentos de flota en desequilibrio del Plan de Acción que se especifican en el anexo IV de la convocatoria:

Artes menores y atuneros cañeros del caladero de Canarias.

Artes menores, rasco, volanta, cerco, palangre de fondo y arrastre de fondo del caladero del Cantábrico y Noroeste.

Cerco, arrastre de fondo y artes menores del Golfo de Cádiz.

Artes menores, palangre de fondo, arrastre de fondo y cerco del caladero Mediterráneo.

Censo unificado de palangre de superficie.

Palangre de fondo de aguas internacionales.

jueves, 26 de octubre de 2017

AYUDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL A AFECTADOS POR LA SEQUÍA

Conforme al artículo 3 del Real Decreto-ley 10/2017, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas y se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, las empresas y los trabajadores por cuenta propia, titulares de las explotaciones agrarias afectadas por la sequía, tanto hidrológica como meteorológica en todo el ámbito nacional, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, podrán solicitar y obtener, previa justificación de los daños sufridos, una moratoria de un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a los meses de julio de 2017 a febrero de 2018, ambos inclusive, así como en el pago de las cuotas por las jornadas reales correspondientes al mismo periodo.

Al objeto de asegurar la efectiva aplicación de dichas moratorias, así como para unificar criterios en su puesta en práctica, se ha dictado la Orden ESS/1006/2017, de 19 de octubre.

En su artículo primero se establece que la moratoria de hasta un año sin interés en el pago de cuotas comprende las aportaciones empresariales a la cotización a la Seguridad Social y las cuotas de los trabajadores por cuenta propia, en ambos casos tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales, así como las cuotas por cese de actividad y por conceptos de recaudación conjunta, correspondientes a los meses de julio de 2017 a febrero de 2018, ambos inclusive, así como el pago de las referidas cuotas por las jornadas reales correspondientes al mismo período.

miércoles, 25 de octubre de 2017

BECAS MUSEO DEL PRADO. ÁREA DE EDUCACIÓN

En el BOE de 16 de octubre de 2017 se ha publicado la convocatoria de una beca Banco de España-Museo Nacional del Prado de formación e investigación en el ámbito de las nuevas tecnologías aplicadas a la educación en el área de educación.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La convocatoria de una beca Banco de España-Museo Nacional del Prado que contribuya a la formación de especialistas en el Área de Educación del Museo del Prado.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los aspirantes deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea, y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca; con un dominio del idioma español -hablado y escrito- que permita a los candidatos desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo.

martes, 24 de octubre de 2017

AYUDAS PARA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN CENTROS DE TECNIFICACIÓN DEPORTIVA Y CENTROS ESPECIALIZADOS DE TECNIFICACIÓN DEPORTIVA

En el BOE de 21 de octubre de 2017 se ha publicado la convocatoria de ayudas a Comunidades Autónomas para realización de actividades en Centros de Tecnificación Deportiva y Centros Especializados de Tecnificación Deportiva, en el año 2016.

¿Cuál es la finalidad de la convocatoria?

El desarrollo de Programas Deportivos de Tecnificación Estatal y/o de Alto Rendimiento que se llevan a cabo en los Centros Especializados de Tecnificación Deportiva y Centros de Tecnificación Deportiva, en coordinación con las Federaciones Deportivas Españolas.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las Comunidades Autónomas, ciudades autónomas y entidades de derecho público con personalidad jurídica independiente, que estén constituidas como medio propio de las Comunidades Autónomas, que desarrollen programas deportivos de tecnificación en los Centros de Tecnificación Deportiva y Centros Especializados de Tecnificación Deportiva.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?


Diez días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

lunes, 23 de octubre de 2017

AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES POR PARTE DE CONFEDERACIONES, FEDERACIONES Y ASOCIACIONES DE ALUMNOS

En el BOE de 16 de octubre de 2017 se ha publicado la convocatoria de ayudas para la realización de actividades por parte de confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos para 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Contribuir a financiar las actividades de las confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos, sufragando los gastos necesarios para la realización de dichas actividades.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las confederaciones y federaciones de alumnos de ámbito estatal constituidas de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1532/1986, de 11 de julio, cuyos fines se adecuen a lo dispuesto en la vigente normativa y se encuentren censadas conforme a lo dispuesto en la Orden de 27 de mayo de 1987, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado cuarto de la presente Resolución.


Las confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos de ámbito no estatal, censadas en el territorio de gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, constituidas de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1532/1986, de 11 de julio, cuyos fines se adecuen a lo dispuesto en la vigente normativa y se encuentren censadas conforme a lo dispuesto en la Orden de 27 de mayo de 1987, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado cuarto de esta Resolución.

¿Cuál es el plazo de presentación de la solicitud?


La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

jueves, 19 de octubre de 2017

AYUDA PARA CURSO DE POSGRADO EN EL CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOALÓGICAS

En el BOE de 18 de octubre de 2017 se han publicado las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas de ayudas de matrícula para el Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS.

¿Cuál es el objeto de las bases?

Regular la concesión por parte del Centro de Investigaciones Sociológicas de ayudas de matrícula para los solicitantes admitidos en el «Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS».

Este curso tiene como finalidad contribuir a la formación de titulados universitarios superiores en las técnicas de investigación social, dando especial relevancia a la recogida de datos y al análisis, interpretación y presentación de los mismos, todo ello con una orientación esencialmente práctica.

¿Cuáles son los requisitos de los beneficiarios y solicitantes?

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de matrícula previstas en la presente orden las personas físicas, con plena capacidad de obrar, que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea, o bien ser nacional de terceros países que desarrolle su labor investigadora en España.

lunes, 9 de octubre de 2017

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. NAVIDAD.

En el BOCYL de 7 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos» se dirige a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2017, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 añosa fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.